Los padres tendrán la obligación de avisar con tres meses de antelación y realizar cursillos previos

El obispado de Ourense implanta los bautizos colectivos con fechas prefijadas

Las comuniones ya son comunitarias. En la imagen, procesión de Corpus.
El Obispado acaba de instar a sus sacerdotes a fijar días concretos a lo largo del año para celebrar bautizos, que deben ser comunitarios. Los padres deben avisar con tres meses de antelación y sólo podrán llevar un fotógrafo por familia.
Los padres que estén esperando un hijo o aquellos a los que ya les haya nacido y tengan previsto bautizarlo por la Iglesia no podrán hacerlo individualmente como hasta ahora y organizando una ceremonia familiar. El Obispado de Ourense acaba de instar a los párrocos, a través de una normativa diocesana, a fijar días concretos a lo largo del año para impartir el sacramento del bautismo de forma conjunta, al mayor número de niños posible que nacieran antes de la última administración de este sacramento.

La petición será dada a conocer hoy a los fieles en las distintas parroquias a través de la revista mensual ‘Comunidad’, que recoge la norma referente a la celebración del bautismo. ‘Los padres deben comunicar a la parroquia el deseo de bautizar a su hijo al menos con tres meses de antelación para iniciar la preparación correspondiente’, dice textualmente la normativa.

El sacramento del bautismo debe celebrarse cuanto antes, según el vicario de Pastoral, José Pérez Domínguez, que recuerda a los padres que pueden realizar la comunicación e iniciar la preparación incluso antes de nacer el niño.

El citado sacramento será impartido en la iglesia de la parroquia en que residan los padres. En caso de que los progenitores escojan otra iglesia, según José Pérez Domínguez entonces deben solicitar un permiso en la parroquia de origen, en el que conste expresamente que han recibido la preparación edecuada, que consiste en asistir a encuentros y cursos prebautismales, en los que se abordan temas referentes a la Iglesia, la Liturgia y los Sacramentos, ade más de la educación y atención que los padres deben prestar a su hijo. A las clases, según recoge la normativa, es recomendable que también asistan los padrinos.

La ceremonia sólo podrá ser inmortalizada por un fotógrafo. En caso de tratarse de bautismos comunitarios, de varios niños, en los que cada uno de los padres acuda con un fotógrafo, estos tendrán que turnarse y tomar instantáneas de uno en uno para no entorpecer la ceremonia religiosa. La medida también afecta a los cámaras de vídeo e incluso a los familiares que, cámara en mano, toman instántaneas.

Mayor participación

La mayoría de los párrocos apoya la normativa que, según el párroco de Celanova, César Iglesias, ya se viene aplicando. Los bautismos comunitarios son para dar una mayor participación y solemnidad al acto. ‘Se busca que participe el mayor número de fieles posible’, afirmó, recordando que hasta el momento aún no celebró ningún bautizo comunitario.

César Iglesias también es partidario de limitar la toma de fotografías ‘porque hay bautizos, igual que primeras comuniones o bodas, que en vez de un sacramento, se convierten en una auténtica feria’, apuntó.

Sus palabras son compartidas por gran parte de los sacerdotes de la provincia. Prácticamente todos, según José Pérez Domínguez, vienen cumpliendo la normativa sobre el bautismo, aunque, según fuentes del Obispado, ninguno de ellos organizó hasta el momento bautizos comunitarios. ‘Esto sólo se puede hacer en las parroquias grandes, porque en las más pequeñas por desgracia no suelen nacer muchos niños’, apuntó César Iglesias.

Los sacramentos no son ‘un servicio a la carta’

El Obispado recuerda que los padrinos del niño deben estar bautizados y confirmados, pero no sólo de palabra, dado que el sacerdote que realice el bautizo les puede solicitar, en caso de dudas, un certificado que lo acredite, que tendría que se expedido por su correspondiente parroquia. Tienen que tener más de 16 años y llevar una vida cristiana, no viviendo en ninguna ‘irregularidad’ respecto a la Iglesia.

La normativa contempla un apartado para situaciones especiales, como la de padres creyentes, pero con poca práctica religiosa; padres divorciados y vueltos a casar o viviendo en pareja y padres no creyentes o casados civilmente. Al presentarse uno de estos casos, el párroco es el que debe aclarar la situación manteniendo un diálogo con ambos cónyugues y comprobar si hay garantías suficientes para la administración del bau tismo. ‘Esperar a que haya garantías mínimas no significa negar el sacramento, si no tomárselo en serio’, dice la norma. José Pérez Domínguez recuerda que no es coherente pedir a la Iglesia la celebración de ‘sacramentos a la carta, según me apetezca o guste’. Los padres, nada más avisar de que tienen intención de bautizar a su hijo, deben acudir al párroco para que les indique todos los pasos a seguir.


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