MODIFICACIÓN NORMATIVA

Peatones y bicicletas se hacen hueco en la ciudad

Las modificaciones en la Ordenanza de Tráfico y Circulación persiguen hacer del casco antiguo un entorno con más amable y ordenado 

Sensible como es a las agresiones del intenso tráfico rodado, la avellana que dibuja el casco antiguo se ve inmersa, no sin polémica derivada, en una modificación de la normativa que rige el tráfico automotor en las zonas definidas como de acceso restringido.

UNA ORDENANZA IMPRESCINDIBLE

En el Anexo II de la llamada Orde- nanza de Tráfico y Circulación de Ourense, viene reflejado régimen circulatorio del casco histórico, un compendio de disposiciones que se encuentran orientadas a orques- tar la disposición y dinámica con la que la circulación de los vehí- culos se ha de regir, en atención a la especificidad singular y sensible que la zona del casco antiguo viene a representar, caracterizada por viarios estrechos, así como por una urbanización que en ningún momento fue concebida para soportar el estrés y la agresión que la automoción puede llegar a su- poner. Se tiene en cuenta, además y como una especial prioridad, el hecho de potenciar y mejorar la ca- lidad de vida de las personas que en este entorno habitan o hacen vida comercial, un habitar que, además y de un modo paradójico, preci- sa del acceso rodado como condi- ción fundamental vinculada a su naturaleza.

Se tienen en cuenta otros 'privi- legios', entre los que se incluye la prioridad de la que gozan peato- nes y bicicletas en todo el espacio reservado a la circulación restrin- gida, por sobre el discurrir de los coches; y, estos últimos, además, no podrán rebasar nunca una ve-

locidad máxima estipulada de 20 kilómetros/hora, así como esta- cionar en las zonas expresamente habilitadas para tal fin.

MODIFICACIONES INTRODUCIDAS

El acceso a las tarjetas, fuente de discusión y nido para las alega- ciones y modificaciones presen- tadas, se estipula para residentes y comerciantes que, previa acredi- tación, cumplan con los trámites que el órgano municipal exige para ello. En la modificación presen- tada a la ordenanza, y que puede consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento, se especifican las condiciones a cumplir para ser beneficiario de la autorización, que incluye los casos de ser residente, usuario de plaza de garaje, desa- rrollar una actividad comercial, o bien prestar un servicio urgente o imprescindible a la comunidad.

En primer lugar, los denomina- dos 'residentes', cuentan con una autorización para poder entrar en el casco histórico, sin limitación de día u hora, no pudiendo el vehículo exceder los 30 minutos de estacio- namiento dentro de éste períme- tro. En segundo lugar, los 'usuarios de garajes', sean o no residentes, podrán acceder igualmente a las zonas de circulación restringida sin limitaciones regidas por el día o por la hora, empleando para ello, al igual que el caso del grupo an- terior, los accesos más próximos a su destino.

En tercer lugar, bajo el rótulo de 'comerciante', se encuentran todas aquellas personas que acrediten la explotación comercial de un esta- becimiento dentro del casco histó- rico. El peso máximo autorizado para esta clase de vehículos en nin- gún caso puede superar los 5.50 

peciales' tienen en consideración instituciones o bien servicios de ca- rácter urgente o de rigurosa ne- cesidad.

Para los trabajos, igualmente comerciales, de carga y descarga de mercancías, los horarios que la ordenanza estipula, contemplan, de lunes a viernes, entrada desde las 07:30 y salida hasta las 11:30 por las mañanas, y de 15:00 hasta 17:30 por las tardes; igual horario para los sábados, pero sin incluir las tardes. Se exige, para este ca- so de un modo específico, respetar tanto los lugares habilitados para el desempeño de la labor, como el sentido circulatorio debidamente planteado.

Ya por último, otros supuestos son incluidos, entre los que es ne- cesario destacar el de personas mayores o con discapacidad que precisan acceder a su residencia empleando un vehículo automo- tor y cuyos casos no se reflejen en los principales anteriormente des- critos. Asimismo, otros posibles usuarios eventuales, motivados por celebraciones, actividades lú- dicas o culturales, o bien mudan- zas, podrán acceder estableciendo comunicación mediante el interfo- no con el centro de control de acce- so, que verificará la existencia de comunicación previa y por escri- to a la Policía Local de cada caso en concreto. Los usuarios que po- sean autorización para la circula- ción por la zona histórica, deberán cumplir con los requisitos exigidos, entre los que figura el hacer un co- rrecto empleo de los distintivos y permisos, sin alterarlos, modifi- carlos o incurrir en falsificación o uso inapropiado.

La calidad de vida de un entorno único como lo es el casco antiguo de la ciudad de Ourense pasa por un complejo arreglo en el que se in- cluyen muchos elementos de con- sideración. Es inevitable rendirse ante la evidencia más ostensible: la ciudad no fue concebida o dise- ñada con la pretensión de albergar el trasiego que hoy en día la auto- moción le supone. Constituye una negación a su propia naturaleza, así como una ceguera manifiesta el pretender que sea la ciudad la que se adapte a esta deriva.

La solución pasa por esforzarse en un razonamiento de lógica in- versa: son las criaturas hijas de la gasolina las que deben adaptarse a nuestra ciudad, y todos los ca- minos, literal y metafóricamen- te, deberían llevarnos hacia ello.n 

Te puede interesar