EDUCACIÓN

La Xunta devuelve los conciertos en primaria a los centros privados que separan por razón de sexo

Educación recupera los conciertos con los centros educativos, tres en Vigo y dos en A Coruña

La Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria ha decidido volver a concertar unidades a los centros privados que separan al alumnado por razón de sexo y a quienes se les denegó su renovación por impartir educación diferenciada.Fue una sentencia de 2013 ratificada más tarde, este mismo año a raíz de una denuncia del sindicato STEG. De este modo, los centros Las Acacias y Montecastelo, de Vigo, y Montespiño, Peñarredonda, de A Coruña, todos ellos de la empresa Fomento de Centros de Enseñanza, vinculada al Opus Dei, han recuperado una unidad de primaria que tendrá vigencia hasta final del curso 2016-2017. Por su parte, el colegio Aloya, también del Opus, mantendría su concierto al estar en otra categoría.

La Xunta decidió no concertar en el curso 2013/2014 las unidades de 1º de educación primaria o secundaria de estos colegios que en Galicia imparten educación diferenciada tras la sentencia de 13 de marzo de 2013 del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que invalidaba la orden de 2009, anticipándose así al reciente fallo del Tribunal Supremo. 

Sin embargo, como habían advertido los centros implicados, la aprobación de la Ley Orgánica de Mejora de Calidad Educativa (Lomce) ha cambiado este escenario, pues la norma permitió (en su disposición transitoria segunda) a los centros afectados por esta decisión solicitar en el plazo de dos meses desde su entrada en vigor que se les aplique el artículo 84.3 de esta Ley Orgánica para el resto del actual periodo de conciertos. 



Aclaraciones de la norma

Este artículo indica que "en ningún caso la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y alumnas y centros correspondientes un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos con las Administraciones educativas o en cualquier otro aspecto". 

La norma aclara, además, que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Asimismo, matiza que "no constituye discriminación" la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos, siempre que se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza.

Además, los centros "deberán exponer en su proyecto educativo las razones educativas de la elección de dicho sistema, así como las medidas académicas que desarrollan para favorecer la igualdad". En base a esta normativa, la Xunta ha publicado en el DOG la orden por la que se modifican los conciertos educativos y se recuperan unidades de primaria para dos centros de A Coruña y otros dos de Vigo.

Te puede interesar