CANNABIS: INFRACCIÓN Y/O DELITO

No quisiera extenderme más de lo estrictamente necesario, para evitar aburrir a los posibles lectores de este pequeño debate, suscitado sobre un tema que está muy claro y bien definido en la Legislación Vigente, y que a modo de resumen es:
'Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.'

'El consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, constituye una infracción administrativa grave'.

Aclarado estos dos últimos puntos, señor Javier Diz, no voy a entrar a debatir sus argumentos, que por cierto, en ningún momento ha realizado basándose en el método científico. Y digo esto, porque en la última carta que ha dirigido usted a esta sección, apela a la experiencia personal e interpretación o sentido común (aplicado esto sobre las leyes). Como psicólogo de 26 años que es, habrá estudiado que ni la experiencia ni el sentido común son métodos aceptados por la ciencia, siendo el único método válido aplicable, el método científico.

Tampoco quiero ofuscarle con estadísticas de seguridad ciudadana, sobre el número de detenidos por tráfico de drogas, o qué drogas se han decomisado y por las que han practicado detenciones, Agentes de la Guardia Civil, ratificándome nuevamente en la afirmación realizada en mi primera carta al director, sobre el desconocimiento que Vd. tiene de este cuerpo, pues considero que carece de datos suficientes como para valorar este punto de una forma objetiva.

Estoy en desacuerdo con usted como ciudadano respecto de obviar perseguir delitos tipificados en el Código Penal (el cultivo de marihuana como motivo principal del debate que nos ocupa), y sea garante de afirmar tal y como manifiesta y da a entender usted en ambos escritos, que '?el pueblo estaría mucho mejor y más seguro'.

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