El Gobierno enviará el proyecto al Congreso para conseguir apoyos

La ministra de empleo, Fátima Bañez, tras la celebración del Consejo de Ministros (Foto: Juanjo Martín)
La vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, desveló que el Gobierno tiene intención de tramitar la reforma laboral como proyecto de Ley para lograr 'el máximo consenso posible', aunque el Consejo de Ministros la aprobó en forma de Real-Decreto Ley. Así pues, tras esta aprobación, el texto será remitido al Congreso de los Diputados para su convalidación y, a continuación, se deberá votar su tramitación como proyecto de Ley, trámite durante el que las formaciones políticas podrían introducir modificaciones.
Sáenz de Santamaría dijo que el Gobierno optópor este procedimiento para 'estudiar las aportaciones y enmiendas' que puedan realizar los partidos políticos al texto e incorporar 'las que puedan enriquecer'. Según añadió, el Ejecutivo que preside Mariano Rajoy tratará de lograr 'el máximo consenso posible' en torno a una reforma que, dijo, supone 'un antes y un después' en la legislación laboral española
Los principales aspectos recogidos en la reforma laboral aprobada ayer por el Consejo de Ministros son los que a continuación se relacionan:

Despido
La indemnización por despido improcedente se reduce para los contratos indefinidos de 45 a 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (ahora son 42).
- Los contratos fijos que actualmente tengan derecho a 45 días por año mantendrán esa cuantía hasta la entrada en vigor de la nueva norma, y a partir de ese día la indemnización pasará a ser de 33 días. El límite para ambos periodos será de 42 mensualidades.
- El absentismo laboral individual del trabajador deja de estar vinculado al que haya establecido para el conjunto de la plantilla, con el fin de facilitar el despido.
- El despido objetivo -que permite a las empresas echar a empleados por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción con una indemnización de 20 días por año trabajado- podrá aplicarse cuando la compañía tenga una caída de ingresos durante tres trimestres consecutivos.
- Los organismos y entidades del sector público que no sean viables ni se prevea que lo puedan ser en los próximos años podrán acogerse a causas objetivas de despido para redimensionar plantillas.
- Desaparece la exigencia de autorización administrativa previa para las regulaciones de empleo.

Se crea un nuevo contrato indefinido que podrán utilizar las pymes con menos de 50 trabajadores. Gozará de una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer empleado menor de 30 años.
- El desempleado podrá compatibilizar el sueldo de ese nuevo contrato con el 25 % de la prestación que recibe, durante un máximo de un año.
- A partir del 31 de diciembre no se podrán encadenar contratos temporales que superen los 24 meses.
- Se fusionan en un solo contrato indefinido el ordinario y el de fomento del empleo estable, con las condiciones establecidas para este último.
- La edad máxima para acceder al contrato de formación y aprendizaje será de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15 %.
- Se fomenta la contratación indefinida de los jóvenes menores de 30 años con hasta 3.600 euros, mientras que para los parados de larga duración la cifra será de hasta 4.500 euros.

Todos los trabajadores tendrán derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por la empresa y vinculadas al puesto de trabajo.
- Se crea una cuenta que recopilará toda la formación recibida por el trabajador durante su vida activa.

La prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, lo que pone fin a la 'ultraactividad'.
- De no alcanzar un acuerdo, cualquiera de las partes podrá acudir a la Comisión Consultiva de convenios Colectivos o sus equivalente autonómicos, que nombrará un árbitro y resolverá en 25 días como máximo.
- Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de ámbito superior.
- Las empresas con dificultades podrán descolgarse de los convenios. Si no hay acuerdo con los agentes sociales, la empresa podrá solicitar un arbitraje obligatorio a través de la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos.

Se estrecha la colaboración con las mutuas de trabajo para evaluar la incapacidad temporal de los trabajadores.
- Un plan especial de la Inspección de Trabajo combatirá el fraude y la economía sumergida.
- Los empleados que cobren la prestación por paro podrán realizar servicios de interés general en beneficio de la comunidad, mediante convenios de colaboración con las administraciones públicas.
- Las empresas de trabajo temporal podrán actuar como agencias privadas de colocación.n

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