Suspenden por retrasos la sanción a un guardia civil que asaltó un domicilio

El retraso en comunicar la falta muy grave que mereció un guardia civil cuando resultó condenado por un delito de allanamiento de morada y robo con violencia ha llevado al Supremo a suspender la sanción.
En una sentencia conocida hoy el alto tribunal señala que debe declarar la nulidad del Expediente Disciplinario por falta muy grave abierto contra el guardia civil A.C.V. porque la ley establece un plazo de seis meses como máximo para notificar este tipo de sanciones, plazo que la Administración ha rebasado.

El guardia recibió, dentro del plazo previsto por la ley, la notificación, pero no de un modo debido (faltaba un informe al que la Administración estaba obligada) lo que, dado que para cumplir el trámite se habían agotado ya todos los plazos, hizo imposible subsanar el defecto formal.

A.C.V. cometió el robo con violencia y el allanamiento en 2009, cuando estaba de baja del instituto armado. Junto a otra persona asaltó a punta de pistola un domicilio, a cuyo ocupante encañonó y agredió, además de robarle diversos objetos.

Por estos hechos fue condenado a penas de un año y de dos años de cárcel (por delitos de allanamiento y robo con violencia, respectivamente). Sin embargo, la falta muy grave, que mereció en el ámbito de la Guardia Civil, queda anulada por haberse producido la caducidad del expediente.

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