Condenado por blanqueo el 'narco' Antonio Carballa

La Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra condenó como autores penalmente responsables de un delito continuado de blanqueo de capitales procedente del tráfico de drogas al matrimonio formado por Antonio Carballa Magdalena y María Luisa González Iglesias a las penas, para cada uno de ellos, de cinco años de prisión y multa de tres millones de euros que será sustituida, en caso de impago, por seis meses de prisión, también para cada uno.
Según consta en la sentencia, como autora penalmente responsable de un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave, ya definido, condena a la hija de ambos, Beatriz Carballa González, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de seis meses de prisión y multa de 30.000 euros, que será sustituida, en caso de impago, por quince días de prisión.

Esta sentencia, según se señala en el auto judicial de la Audiencia, no es firme ya que, contra ella, pueden interponer recurso de casación. La Audiencia pontevedresa reduce la pena que solicitaba el fiscal para el matrimonio al rechazar la tesis de que Carballa también había realizado actividades como prestamista.

En la sentencia se acuerda el comiso definitivo y adjudicación al Estado, a través del fondo procedente de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados de la totalidad de los elementos patrimoniales relacionados en este caso. Entre ellos se incluyen 78.131,57 euros procedentes de la venta del piso del Edificio Porteliña en Poio, así cmo las siete viviendas, las siete plazas de garaje y los siete trasteros objeto de una permuta entre promotoras en Sanxenxo o su equivalente en dinero por un total de 1.202.024 euros.

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