La norma prevé impedir a empresas que cometan 'infracciones graves' contratar con el sector público

La futura ley del consumidor primará mediación y arbitraje

Feijóo y Guerra, en la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta. (Foto: LAVANDEIRA JR)
La futura ley gallega del consumidor incorpora un régimen sancionador 'propio' y podrá impedir que empresas que cometan 'infracciones graves' en la materia que se legisla opten a subvenciones durante un período de cuatro años o, incluso, que puedan contratar con administraciones públicas, en función de la relevancia del comportamiento irregular detectado. Así lo avanzó el conselleiro de Economía, Javier Guerra, que acompañó al presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo, en la rueda de prensa posterior al Consello, que dio luz verde a esta normativa.
Preguntado por la conducta infractora que podría conllevar este tipo de sanciones, el responsable económico precisó que dependerá 'de la cuantía, de la reiteración o de no hacer caso de la mediación', entre otros extremos.

Después de 26 años de vigencia de la norma anterior, el presidente destacó la 'modernización' del marco legislativo de protección de consumidores y usuarios de productos y servicios, que incluye el acervo normativo europeo y nuevas realidades y canales de compra como los establecidos a través de internet. Tanto Feijóo como Guerra incidieron también en la apuesta que hace la nueva ley por la resolución extrajudicial de los conflictos, sobre todo a través de la mediación y el arbitraje en el consumo, con el fin de reducir los pleitos y evitar 'el colapso judicial'.

Así, se fija la obligación de mediar en todas las reclamaciones como paso previo a su resolución, se crea la figura del mediador en consumo y se asientan las bases para la configuración de una red de mediación en consumo gallega. Igualmente, las sociedades mercantiles públicas autonómicas que mantengan relaciones de consumo deberán adherirse al arbitraje.

En materia de reclamaciones, se establecerá la obligación de que el empresario 'conteste en un mes' y, en el caso de servicios de carácter continuado, este plazo se reduce 'a dos horas'. Además, se obliga a las empresas a disponer de hojas de reclamaciones, de oficinas físicas de atención a los consumidores o de un teléfono gratuito y correo electrónico, para las firmas sin establecimientos en la comunidad.

El anteproyecto de ley aboga, además, por la existencia de un mercado 'más transparente y competitivo' e impone más competencias en materia de vigilancia del mercado. Así, se garantiza 'la información previa' sobre precios o contraprestaciones y el carácter 'vinculante' de la publicidad. Asimismo, se apunta que las empresas sólo podrán manifestar que un consumidor se encuentra 'en mora' cuando haya un reconocimiento por su parte o un título ejecutivo -como una sentencia judicial, ejemplificó Guerra- que así lo declare.

También se protegerá al consumidor contra las 'cláusulas abusivas y las prácticas comerciales desleales'.

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