La apertura de nuevos establecimientos no precisará de autorización turística administrativa

Los hoteles podrán cambiar los precios sin informar a la Xunta

armen Pardo y Roberto Varela conversan antes de presentar la nueva Ley de Turismo. (Foto: Conchi Paz)
La nueva Ley del Turismo de Galicia permitirá a los establecimientos hoteleros de la comunidad modificar sus precios cuando lo deseen sin necesidad de comunicárselo previamente a la Xunta y "eliminará" los 'furanchos' que operen en la comunidad y no se acojan a una de las categorías existentes en la normativa para el apartado de restauración. Así lo explicó ayer la secretaria xeral para o Turismo, Carmen Pardo, que presentó en Santiago la modificación de la Ley del Turismo de Galicia de 2008 para adaptarla a las "nuevas necesidades" tanto del sector como de la demanda y a la Normativa Europea del sector de 2006.
En concreto, con la modificación, la ley eliminará la obligatoriedad de sellar ante la Administración los precios hoteleros de los establecimientos gallegos, que ahora podrán modificarlos en función de la demanda o de su parecer sin notificarlo a la Xunta y con el único requisito de mantenerlos visibles a los usuarios. Además, como también indica la Normativa Europea, se eliminará la "obligatoriedad a iniciativa del empresario" de registrar los establecimientos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, que se hará de oficio y no será necesario para abrir un nuevo establecimiento contar con una autorización turística administrativa.


control de responsabilidad

En particular, el empresario que desee poner en marcha un nuevo hotel en Galicia, podrá iniciar la actividad tras únicamente comunicárselo a la Xunta y realizar una declaración de responsabilidad, por lo que se dará un papel "mucho más importante" a los empresarios. Esta autorización sólo afectará a los acampamientos turísticos, que poseen "más impacto ambiental y mayor riesgo".

En la modificación puesta en marcha por la actual Xunta se recupera la figura de las 'pensiones' para sustituir al concepto de 'residencias turísticas' recogido en la normativa de 2008 y que "no tiene reconocimiento a nivel nacional e internacional". Las pensiones de tres estrellas podrán, además, ser denominadas 'hostales'.

En el mismo sentido, se recuperarán también las categorías de 'hoteles apartamento', 'hoteles balneario' y 'hoteles talasso', eliminados en 2008 de la Ley, y se restaurará la figura de 'posada'.

En lo relativo al turismo rural, la Ley de Turismo suprimirá la figura de 'hoteles rurales' y creará, para sustituirla, las 'hospederías rurales', que deberán prestar, además de alojamiento, un mínimo de dos actividades complementarias y no ofertar más de 40 plazas. La Administración autonómica está trabajando además para desarrollar un Decreto del Turismo Rural, que, además, incorporará el concepto de 'aldea rural' para los conjuntos de un mínimo de tres casas rurales en la misma población.

La ley, que establece la definición de 'pazo' como entidad turística particular de Galicia, no gestionará centros como los albergues de peregrinos o juveniles.

Al contrario de lo establecido en la Ley de Turismo de 2008, la Xunta no desarrollará ninguna marca de calidad turística propia de Galicia y empleará la "ya implantada" a nivel nacional y que cuenta con "un amplio recorrido" -Q de Calidad-.

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