Dice que las reivindicaciones ‘se enmarcan en la crítica política’ y ‘la libertad de expresión’

El juez Velasco permite un homenaje a los independentistas Uxío y Xiana que la AVT pidió prohibir por considerarlo terrorista

Xiana Rodríguez y  Uxío Caamaño, durante el juicio.
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha permitido la celebración el próximo sábado de un acto en Santiago de Compostela convocado por la plataforma independentista gallega 'Que Voltem a Casa' al considerar que sus motivaciones se enmarcan ‘dentro de la crítica política’ y ‘la libertad de expresión’.
El juez desestima así la petición de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que solicitó su prohibición al considerar que suponía ‘un delito de humillación a las víctimas y enaltecimiento del terrorismo’.

El auto del juez explica que la plataforma convocante, 'Que Voltem a Casa', ‘tiene por objeto ciertas reivindicaciones consistentes en la exigencia de que se acuerde la libertad provisional de Santiago Vigo Domínguez y José Manuel Sánchez Gorgas, que se les acerque a prisiones próximas a su domicilio en Galicia y que se recauden fondos para financiar los viajes de visitas de sus familiares y amigos a ambos presos por presunta implicación en actos de terrorismo galleguista radical’.

No obstante, Velasco matiza ‘por lo tanto’ que la convocatoria no persigue ‘la realización de ningún acto de homenaje a favor de condenados por terrorismo, ni de un homenaje encubierto a dos terroristas condenados recientemente por la Audiencia Nacional’.

El juez se refiere en este punto concreto a los dos jóvenes independentistas Uxio Caamaño y Xiana Rodríguez, condenados por un delito de daños terroristas el pasado 11 de noviembre por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El tribunal consideró acreditado que ambos colocaron una bomba en julio de 2005 en un cajero de Caixa Galicia situado en Santiago de Compostela.

La sentencia justificaba el carácter terrorista de los hechos, al considerar que los acusados pretendían ‘alterar con su acción el orden constitucional, buscando de ese modo violento la independencia de Galicia’. No obstante, matizaba que AMI, la asociación de corte independentista a la que pertenecen, fue objeto de investigación en la Audiencia Nacional, aunque ésta fue finalmente sobreseída.

‘UN GRUPO TERRORISTA’

Precisamente, la AVT solicitó el pasado viernes 30 de noviembre al juez Velasco la prohibición de este acto al considerar que suponía un acto de homenaje a Rodríguez y Caamaño. La AVT destaca ‘la pertenencia a banda armada’ de los dos homenajeados y señala que ambos están integrados en AMI, al que considera ‘un grupo terrorista que sigue los pasos que emprendió el Ejército Guerrillero del Pueblo Gallego’.

A este escrito adjuntaba una supuesta carta de Caamaño en la que, según este colectivo, ‘se hace una clara exaltación a la lucha armada’. ‘Nos encontramos, por lo tanto, ante unos indicios claros de la comisión de un delito de exaltación del terrorismo, de la lucha armada y por ende de humillación hacia las víctimas del terrorismo, que ven cómo miembros de estas organizaciones son exaltados y homenajeados en la más absoluta impunidad’, aseguraba la AVT.

La asociación recuerda además que la Sala NASA, elegida para el citado homenaje al sábado 6 a las 21.00 horas bajo el lema 'Festa pola liberade' está subvencionada por el Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Sin embargo, el juez responde a todos estos argumentos indicando que ‘no siendo los convocantes una organización terrorista declarada como tal por resolución judicial hasta la fecha y aunque algunos de sus componentes se acerquen a compartir y justificar finalidades de este tipo, se infiere que los motivos de la convocatoria se encuentran amparados dentro del derecho a la libertad de expresión y asociación’.

En ese sentido considera que ‘que las reivindicaciones de este colectivo se integran dentro del marco de la crítica política y la reivindicación y por lo tanto, prima compartir el informe del Ministerio Fiscal en el sentido de que no puede prohibirse a priori la realización de un acto de estas características’.

Finalmente, el juez advierte a los participantes de la marcha que de no cumplirse los objetivos iniciales de la convocatoria y esta derivase ‘en actos distintos que tengan caracter delictivo como por ejemplo homenajear a personas condenadas por delito terrorista es función de las fuerzas de seguridad actuar en consecuencia como consideren oportuno’. El juez pide en ese caso ‘identificar a los autores hipotéticos de esas acciones delictivas y consiguiendo las pruebas correspondientes’.

Por su parte, la 'Plataforma Cidadá Que Volten a Casa' matizó esta semana que el acto del sábado no es un homenaje a Uxío Caamaño y Xiana Rodríguez, condenados por colocar una bomba en julio de 2005 en un cajero de Caixa Galicia de la capital gallega, sino que reclaman el traslado a una cárcel gallega de Santiago Vigo y José Manuel Sánchez, encarcelados por intentar colocar un artefacto explosivo en una inmobiliaria de Portosín.

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