La resolución considera que la motivación del veredicto fue ‘absurda, ilógica y arbitraria’

El TSXG anula la sentencia absolutoria del doble crimen de la calle Oporto, en Vigo, y ordena celebrar otro juicio

Jacobo  P.R., durante una sesión del juicio. (Foto: Archivo)
La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha declarado nula la sentencia que absolvía a Jacobo P.R. como autor de la muerte de dos jóvenes en el piso de estos en la calle Oporto de la ciudad olívica --condenándolo a 20 años de prisión por un delito de incendio-y ha ordenado la celebración de un nuevo juicio.
En su sentencia de 14 de octubre, el TSXG ha fallado a favor de los recursos de apelación presentados por la acusación particular y por el Ministerio Fiscal y ordena celebrar una nueva vista oral ante ‘un nuevo tribunal integrado por magistrado-presidente y jurados distintos’ al de los del juicio cuyo veredicto absolutorio --y que generó polémica dado que las víctimas eran dos jóvenes gays, Isaac Pérez Triviño y Julio Anderson Luciano-dio lugar a la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia de Pontevedra con sede en Vigo, que ahora se anula.

La resolución del Alto Tribunal gallego que anula la sentencia de la sala viguesa podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia.

Tanto la acusación particular como la Fiscalía y la defensa habían recurrido la sentencia de la sala viguesa, si bien la acusación pública solicitaba la celebración de un nuevo juicio por el procedimiento de jurado, la acusación particular pedía que el procedimiento lo llevase a cabo un tribunal profesional. Finalmente la defensa, que también recurrió, solicitaba que se rebajase la pena de 20 años de prisión impuesta por el delito de incendio --y que es el máximo--.

MOTIVACION ‘ILOGICA’

En el veredicto emitido por el jurado que participó en el juicio celebrado en la Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo, se consideraba que Jacobo P.R. había apuñalado a sus víctimas --en un total de 57 ocasiones-movido por un ‘miedo insuperable’ y en ‘legítima defensa’ y, por ello, se le absolvía del doble crimen.

La sentencia del TSXG considera que la redacción del objeto del veredicto ‘fue defectuosa’ y, además, la motivación se presenta como ‘absurda, ilógica y arbitraria en grandes aspectos frente a los hechos básicos enjuiciados’.

Así, se procede a estimar los recursos del Ministerio Fiscal y acusación particular en los motivos en los que apelan a la ausencia de motivación, lo que supone la ‘anulación’ de la sentencia y la remisión de la causa a la Audiencia Provincial para la celebración de nuevo juicio con nuevo tribunal.

Finalmente, la resolución del Alto Tribunal gallego se refiere al motivo expresado por la acusación particular en el que se solicita que el juicio se repita mediante el procedimiento de tribunal profesional, desestimando esta petición al entender que la competencia para el conocimiento de esta causa recae sobre el tribunal del jurado.

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