La Audiencia, que lo condenó a 17 años, estima que no cabe prisión hasta que el Supremo resuelva

El asesino de la estricnina seguirá por ahora en libertad

Jose Luis Lamelas. (Foto: MARTIÑO PINAL)
La magistrada presidenta del tribunal del jurado que vio la causa por asesinato contra José Luis Lamelas Álvarez por envenenar con estricnina a un vecino de Castro de Escuadro (Maceda) el 24 de noviembre de 2009 acordó que el condenado a 17 años de prisión -por una sentencia que aún carece de firmeza- no ingrese en prisión, tal como reclamaban el ministerio fiscal y la acusación particular.
Ambas acusaciones habían pedido la celebración de un comparecencia para pedir el ingreso hasta que la sentencia sea firme, al haber anunciado la defensa del inculpado que presentaría recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

En un auto con fecha de 25 de este mes, la magistrada Amparo Lomo del Olmo rechaza la celebración de la comparecencia al no estimar procedente la medida de prisión. Dice la togada que 'no concurren los presupuestos legalmente establecidos para la adopción de esa medida. El inculpado está en libertad desde que a finales del pasado año el Supremo ordenó repetir el juicio con jurado y no cabe prorrogar una prisión provisional cuando Lamelas Álvarez no está en esa situación'.

El auto rechaza el riesgo de fuga planteado por las acusaciones porque dice no constan en la causa 'datos objetivos de los que quepa inferir que el acusado tratase de sustraerse a la acción de la justicia'. En su día (22 de enero de 2013), la Audiencia le impuso, a la hora de excarcelarlo, comparecencias mensuales en el juzgado para estar controlado.

Tampoco cree que esté justificada en aras de proteger a las víctimas (la familia del fallecido), porque el auto de excarcelación le restringe acercarse a las mismas y residir en el mismo lugar (Castro de Escuadro).

El jurado halló culpable de asesinato por segunda vez a Lamelas a finales del pasado mes. Consideró que tenía guardaba hacia la víctima un profundo resentimiento como consecuencia de las divergencias surgidas tras haber gestionado juntos hace años una explotación ganadera en Maceda. Para ello dejó colgada en la cancilla de madera que cerraba la finca de Felisindo González una bolsa de plástico que contenía unas latas de calamares, atún, una de cerveza y una botella de vino perfectamente encorchada en la que introdujo estricnina.

La defensa sostiene que el jurado se basó en conjeturas e indicios no suficientemente sólidos. A su entender, no hubo intencionalidad sino en todo caso una imprudencia por el olvido del vino envenenado que, según dice el encausado, era para matar jabalíes.

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