El fiscal le rebajó la pena inicial por la dilación indebida de un proceso que se inició en 2003

La Audiencia condena a un informático a año y medio de cárcel por ofrecer éxtasis en internet

Constantino F.T. se sentó ayer en el banquillo de los acusados de la Audiencia.  (Foto: Miguel Ángel)
Un acuerdo entre el fiscal y la defensa posibilitará que un informático acusado de vender éxtasis a través de internet no ingrese en prisión. La dilación indebida del proceso, que comenzó a instruirse en 2003, le rebajó la pena a la mitad.
‘Se ofrece éxtasis en botes, líquido y en polvo a precio económico’. Bajo este reclamo que aparecía en varias páginas y foros de internet, un joven informático ourensano pretendía hacer negocio hasta que su anuncio fue detectado en septiembre del año 2003 por la Brigada de Investigación Tecnológica de la Comisaría General de la Policía Judicial, con sede en Madrid. En ese anuncio, aparecía referenciada una dirección de correo electrónico, ‘Pmoguritoghotmail.com’, que resultó ser el punto de partida de los investigadores, quienes identificaron la IP utilizada (identificación un ordenador a través de la red), el teléfono asociado a la misma y de esta manera la dirección del terminal informático, situado en una vivienda de la Plaza de la Legión.

Los agentes crearon otra cuenta de correo para entrar en contacto con el vendedor, quienes les acabó facilitando el teléfono móvil y de esta forma concer taron una cita el día 25 de octubre en las inmediaciones de la parada de autobús del Jardín del Posío para una supuesta compra que concluyó finalmente con su detención.

El joven acusado reconoció ayer los hechos ante la Audiencia provincial, por lo que será condenado a una pena de año y medio de cárcel y una multa de 1.800 euros por un delito de tráfico de drogas.

La sentencia dictada por la sección segunda será de conformidad en tanto que el inculpado reconoció su participación delic tiva. Además el representante del Ministerio Fiscal le rebajó un grado la condena (pedía inicialmente tres años y medio) en aplicación de una atenuante analógica por dilación indebida del proceso. En efecto, la causa comenzó a instruirse a finales de octubre de 2003 en el antiguo Juzgado de Instrucción 5 y no llegó a la Audiencia hasta este mismo año. En estos seis años transcurridos, el joven rehizo su vida por lo que el ingreso en prisión le supondría un grave prejuicio vital de llegar a materializarse.

Fabricación casera

El inculpado aprendió a fabricar éxtasis líquido, ‘scoop’ o ‘Cherry met’ (gamma hidroxibutin) a través de la información que obtuvo en la red. De hecho, adquirió los ingredientes necesarios en un comercio de productos químicos de Vigo (gammabutirolactosa) mientras que el hidróxido sódico lo adquirió en una droguería de la ciudad. Su mezcla da lugar a una substancia que provoca efectos depresores en el sistema nervioso central del consumidor.


Te puede interesar