La decisión podría convertir en firme la sentencia que le exculpaba de un presunto delito de extorsión

El Constitucional no admite el recurso a la absolución del jefe de la Policía de Celanova

La desestimación del recurso amparo presentado por el denunciante ante el Tribunal Constitucional convierte en firme la sentencia de la Audiencia provincial que absolvía al jefe de la Policía Local de Celanova, Fernando Mouriño, de un presunto delito de extorsión.
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo presentado por el celanovés que denunció al jefe de la Policía Local de Celanova, Fernando Mouriño, por un delito de extorsión. El Constitucional considera que no se ha producido una vulneración de los derechos constitucionales del denunciante, toda vez que ‘la pretensión que se quiere hacer valer en el recurso carece manifiestamente de contenido que justifique una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional’. De esta forma, el tribunal procederá a archivar todas las actuaciones -de forma que sería firme la sentencia de la Audiencia provincial que absolvía a Fernando Mouriño del delito de extorsión que se le imputaba- si el Ministerio Fiscal no interpone en el plazo previsto un recurso de súplica.

El procedimiento se inició con la denuncia de José Dorado, al que Mouriño había comprado una finca en septiembre de 2003. El denunciante aseguraba que el acusado estaba interesado en otra finca y que incluso le había amenazado de muerte apuntándole con una pistola en la sien para que le firmase un papel en blanco. Esta absolución se produjo después de que los tres magistrados de la sección segunda de la Audiencia provincial hubieran discrepado al respecto, ya que uno de ellos incluso emitió un voto particular en el que se mostraba partidario de la condena de Mouriño a tres años de prisión, al considerar ‘ciertamente verosímil’ la versión del denunciante.

No obstante, la sentencia absolutoria que después se recurrió ante el Constitucional ponía de relieve varias contradicciones del querellante, además de dudar del interés que Mouriño podía tener en conseguir la finca de José Dorado. Además, apuntaba que ni la versión del querellante ni su posterior estado depresivo podían desvirtuar la presunción de ino cencia del acusado.

La Audiencia provincial se pronunció sobre este caso en segunda instancia, después de que la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 hubiera absuelto también a Fernando Mouriño, a pesar de que consideraba probado -no así la Audiencia- que el acusado había puesto una pistola en la sien del denunciante pero que, al no poderse acreditar que pudiera obtener ningún beneficio, entendía que no podía condenarse por extorsión.


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