La sentencia afirma que no se acreditó que el fuego tuviese su origen en la actuación de los jefes de mantenimiento de tendidos

La juez absuelve a dos técnicos de Fenosa de 14 incendios imprudentes

Gumersindo Rojo, en el centro, es uno de los acusados a los que el Penal 1 absuelve. (Foto: MARCOS ATRIO)
El Juzgado de lo Penal 1 absolvió a los jefes de mantenimiento de los tendidos eléctricos de Unión Fenosa en Ourense y el sur de Galicia, Gumersindo Rojo y Juan Ramón Guijarro, respectivamente, del delito de incendio por imprudencia grave.
La Fiscalía los acusaba de 14 incendios entre 2005 y 2007 en concellos de las comarcas de Ourense, Celanova y Xinzo, afectando cada uno de los fuegos a superficies que van desde las cinco hasta las 30 hectáreas. El proceso judicial partió de una querella presentada por el fiscal jefe, Florentino Delgado, en la que llegó a imputar al entonces delegado de Industria, Xosé Antón Jardón, y su predecesor Ramón Fernádez Linares . Pero el fallo estima que 'no se ha acreditado que los incendios tuviesen su origen en la actuación de los acusados'. La magistrada considera que el origen de cada uno de los incendios por los que se formuló acusación, 'salvo en un caso, no quedó suficientemente claro'. En la mayoría, la prueba con la que se cuenta 'es un informe de los agentes forestales, y éstos son puestos en duda por los tres informes periciales presentados por la defensa'. La sentencia admite que la prueba de los agentes 'es imparcial'; incluso reconoce que los informes propuestos por la defensa fueron elaborados pocos días antes del juicio. No obstante, afirma que 'no por ello hay que dar por buenas las conclusiones a las que llegan los agentes', máxime, cuando la defensa 'acredita que, a través de la base de datos de Meteogalicia, los datos meteorológicos que figuran en los diversos informes de los agentes forestales no son correctos; en algunos casos con diferencias muy importantes'. Por tanto, 'los informes parten de una premisa incorrecta, con lo que consecuentemente la conclusión a la que llegan no está exenta de dudas', recoge el fallo.

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