Una juez rebaja la pena a un hombre que no logró robar en una casa

El Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense acaba de condenar a Francisco Álvarez Pino a un total de cuatro días de localización permanente al atribuirle una falta intentada de hurto.
Los hechos por los que fue juzgado, por los que el ministerio público reclamó para él una pena de dos años de prisión al considerarlo autor un delito intentado de robo con fuerza, ocurrieron el 6 de julio de 2011, sobre las cuatro de la tarde. Ese día, según recoge el fallo que lo libra de haber cometido el citado delito, el encausado, con antecedentes por robo, entró a través de una ventana en la vivienda ubicada en el número 11 de Reboredo (San Cibrao).

Álvarez Pino, nada más entrar en la casa, propiedad de A.R.D.O., fue sorprendido por ésta, por lo que abandonó inmediatamente el inmueble sin lograr sustraer efecto alguno.

El juez estima que no quedó acreditado que Álvarez Pino hubiese forzado la mencionada ventana para acceder a la vivienda y acredita que, en el momento de los hechos, 'se hallaban en la vivienda otros moradores'.

Por todo ello, la sentencia que le impone la citada condena, dictada por la magistrada María Celia Conde Palomanes, concluye que los hechos deben ser calificados como una falta intentada de hurto y no como el delito que pedía el ministerio público para Álvarez Pino, ya que 'el acusado fue sorprendido en el momento y no se apropió de nada por causas independientes a su propia voluntad'.

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