O CARBALLIÑO

El juez remite al Constitucional la subida de la tasa de Sogama

photo_camera Contenedores del servicio de recogida de residuos, en el Concello de Piñor.

El auto tiene su origen en la negativa del Concello de Piñor a pagar el aumento del 33% en el recibo

El Juzgado Contecioso Administrativo Número 1 de Ourense emite un auto, con fecha del pasado 6 de julio, mediante el que se plantea la cuestión de inconstitucionalidad de la subida que aplicó Sogama a los concellos por el depósito de residuos, recogida en el apartado 2 de la disposición adicional 21 da Lei 11/2013 de 26 de diciembre de los presupuestos generales de la Comunidad autónoma de Galicia. El auto es a consecuencia del procedimiento abreviado que se puso en marcha a raíz del recurso contencioso administrativo presentado por Sogama contra el Concello de Piñor por negarse a pagar el incremento del 33,5%, abonando únicamente desde el 2014 las facturas que se ajustaban al precio estipulado en el contrato firmado por el Concello y Sogama.

Se trata del primer auto de estas características que sentará precedente en otros contenciosos que ha presentado Sogama contra Piñor y otros concellos de Galicia.

El juez decide elevar el caso al Tribunal Constitucional, coincidiendo con la Fiscalía, que no se opuso, y tras concluir el plazo de alegaciones presentadas por las dos partes implicadas a favor de esta decisión por parte del Concello de Piñor, y posicionándose Sogama en contra .

En el auto se indican los preceptos constitucionales que supuestamente se vulneran y en los que se ha basado el Concello de Piñor, presidido en aquel momento por el socialista Francisco Fraga, que considera la subida "ademáis de inxusta, inconstitucional. Por iso tomei a decisión hai un ano, de pagarlle a Sogama só a parte das facturas do lixo segundo o contrato asinado co Concello", señaló Fraga, que ahora es portavoz de su grupo en la oposición.

El auto plantea la cuestión de inconstitucionalidad frente al apartado “Dos” de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014. Al mismo tiempo, el juez decide elevar al Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad, junto con las actuaciones del proceso y el expediente administrativo. Finalmente, suspende provisionalmente el proceso hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la admisión de la cuestión de inconstitucionalidad.

Esta decisión corresponde a uno de los cinco contenciosos interpuestos por Sogama contra el Concello de Piñor. Sólo en este caso, reclama 7.109 euros, más intereses de demora y los interese legales devengados desde la interposición del recurso. La suspensión provisional de este proceso para que resuelva el Tribunal Constitucional dará pie a la paralización de los otros cuatro contenciosos pendientes.

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