JUSTICIA

La Audiencia ratifica la pena por los altercados de Concejo

La sala alaba "los acertados argumentos" del juez del Penal 2 que condenó a tres estudiantes

La sección segunda de la Audiencia desestimó el recurso de apelación presentado por la fiscal y Jon Saáez (candidato en las pasadas elecciones autonómicas de la coalición AGE) contra la sentencia del Juzgado de lo Penal 2 en relación a los altercados ocurridos el 11 de octubre de 2012 junto a la Delegación de Educación de la Xunta y la Biblioteca pública de la calle Concejo tras una manifestación estudiantil en defensa de la educación pública.

El juez había condenado a Sáez por un delito de atentado a agentes de la autoridad -dos años de prisión- y una falta de lesiones -un mes multa a seis euros-, además de 3.660 euros de indemnización para resarcir a un policía herido y 10,36 al Ministerio del Interior por romper unos grilletes. El fallo condenatorio se extendía a otros dos estudiantes de los siete en total que se sentaron en el banquillo por intentar acceder al edificio sorteando un cordón policial: Antón García y José Ángel José Martínez. Por su parte, el fiscal recurrió porque que tanto Jon Sáez como Ángel Martínez fueran penados por un delito y no una falta de lesiones.

La Audiencia no lo cree así porque , tal como valora el juez que sentenció en primera instancia, "ninguno de los agentes precisó tratamiento médico para la curación y estabilización de sus lesiones". La sala sostiene que la analgesia y el reposo no se pueden considerar tratamiento médico al objeto del artículo 147 (delito de lesiones). En cuanto a las sesiones de fisioterapia que recibió un agente, dice la sentencia "no consta que fueran prescritas por un facultativo ni por ellos precisas para la curación de las lesiones".

En relación al recurso de Sáez, su letrado alegó indefensión porque no se le ofreció la opción de ejercer las oportunas acciones legales en su condición de lesionado. La sentencia lo rechaza porque "tuvo la posibilidad de recurrir el auto de pase a procedimiento abreviado que determina el objeto y sujeto del proceso y se aquietó al mismo".

Asimismo, planteó error en la valoración probatoria en la que incurrió el juzgador de instancia al estimar acreditada la autoría del penado. La Audiencia, a la hora de rechazar esta última alegación, alaba "los acertados argumentos" del juez César Saco. Añade que "la valoración es la acertada, así como las consecuencias jurídicas obtenidas y la aplicación doctrinal". Recuerda que "el testimonio del agente ha sido persistente a lo largo de todo el procedimiento".

El Sindicato Unificado de Policía (SUP), que en nombre de los policías lesionados ejerció la acusación particular, se mostró conforme con el fallo de la sala. Asimismo, aprovechó para reconocer "la impecable labor llevada a cabo por el ministerio fiscal en este causa, defendiendo a quienes tienen la función de velar por el mantenimiento del orden y la seguridad ciudadana y acusando a quienes pretenden vulnerar el Estado de Derecho.

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