El fiscal pidió tres años de cárcel para el matrimonio luso, que permanece en prisión desde mayo

Dos acusados de ''corromper'' a sus hijos niegan los cargos

El Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense dejó ayer visto para sentencia el juicio que sentó en el banquillo de los acusados a Manuel Antonio Correia Aires y a Fernanda Lourdes Correia Teixeira, los padres de nacionalidad portuguesa procesados por obligar a sus hijos a observar como mantenían relaciones sexuales, entre 1998 y 2001.
La vista oral en la que fueron juzgados, que se celebró a puerta cerrada para preservar la intimidad de las tres víctimas del caso -entonces menores-, arrancó poco después del mediodía, con la declaración de los encausados. Ambos, que eran matrimonio durante el tiempo en el que ocurrieron los hechos, se desvincularon totalmente de la acusación que dirigió el fiscal contra ellos.

El ministerio público, que solicitó al final de la vista tres años de prisión para cada acusado, sostuvo, no obstante, que la pareja forzó 'un número indeterminado de veces' a sus tres hijos a presenciar como realizaban el acto sexual, tanto en Sobradelo (Carballeda de Valdeorras) como en O Barco, localidades en las que residió el matrimonio.

Asimismo, siempre según la versión del representante de la Fiscalía, Manuel Antonio Correia habría llegado a amenazar a los menores cuando no querían observar las relaciones íntimas de la pareja, 'advirtiéndoles de que les pegaría' y que tenían 'que mirar y aprender para cuando fuesen adultos'.

Durante el juicio, que concluyó alrededor de las dos y media de la tarde, se proyectó un vídeo con las declaraciones de dos de los hijos de la pareja y declaró, a través de videoconferencia, la tercera víctima del caso, otra hija del matrimonio luso que tiene ahora 22 años. Esta última, que fue adoptada por una segunda familia después de que la Xunta mediase en el caso, al igual que sucedió con sus hermanos, ratificó su versión de lo ocurrido.

Mantuvo que los acusados, sus propios padres biológicos, la obligaron a presenciar los encuentros íntimos que mantuvieron durante dos años, contribuyendo así a reforzar la tesis que sostuvo el ministerio fiscal, que atribuyó a cada encausado la comisión de tres delitos continuados de corrupción de menores (pidió un año de cárcel por cada uno).

Las defensas de los encausados, que reclamaron la libre absolución de sus clientes, entienden que en la vista oral no quedó acreditado que los acusados perpetrasen los hechos por los que fueron enjuiciados.

Uno de los miembros de la pareja juzgada, tal y como indicaron fuentes cercanas al caso, llegaría a sostener que los hijos declararon en su contra, tras iniciarse la investigación judicial de esta causa, alentados por el servicio de menores de la Xunta; el organismo que, precisamente, retiró la custodia de los menores al matrimonio luso al conocerse el caso.

Los acusados debían haber sido enjuiciados en una vista oral el pasado mes de noviembre, aunque entonces, a pesar de estar citados, no comparecieron ante el juez. Por ello, este órgano judicial dictó una orden de arresto que derivó en su detención en Portugal y, posteriormente, en su encarcelamiento en la prisión de Pereiro, en donde aguardaron desde mayo a que se celebrase el juicio.

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