TRIBUNALES - SALUD

Declaran improcedente el despido de un cartero porque estaba enfermo

La sentencia obligó a la empresa a readmitir al hombre o indemnizarlo con 16.463 euros

El Juzgado de lo Social número 2 de Alicante ha declarado improcedente el despido de un cartero tras determinar que se ausentó de su puesto de trabajo durante 64 días debido a su enfermedad, al encontrarse en tratamiento por un problema de salud mental.

La sentencia, fechada el pasado mes de noviembre y facilitada ahora a Efe por el Sindicato Solidaridad Postal (SSP), condena a Correos y Telégrafos, S.A. a readmitir o indemnizar a este trabajador con 16.463 euros.

El citado sindicato ha informado de que la empresa ha optado por indemnizarle.

"Nos alegramos de que, tras cinco años de litigio, se haya hecho justicia, pero nos resulta absurdo que se pueda despedir injustamente a un trabajador fijo que ha superado una oposición pública", ha indicado SSP en un comunicado.

El trabajador afectado ha estado de baja durante diversos periodos a causa de un trastorno mental derivado de una depresión por la muerte de seres queridos.

Fue dado de alta el 27 de febrero de 2012, tras una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que le declaraba apto para reincorporarse al trabajo.

No obstante, el empleado no volvió a su puesto hasta el 30 de mayo de 2012, unas ausencias que esgrimió Correos para abrirle un expediente disciplinario que concluyó con su despido en octubre de ese mismo año.

El cartero interpuso una demanda por despido improcedente a través de los servicios jurídicos de SPP, pero el Juzgado de lo Social 2 de Alicante y el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) dieron la razón a la empresa en un primer momento.

El trabajador recurrió entonces al Tribunal Supremo, que anuló las sentencias anteriores y obligó a dictar otra que tuviera en cuenta nuevos documentos aportados por el demandante, según el sindicato.

Esos documentos son una resolución del INSS que le otorga la incapacidad permanente total para el desarrollo de su trabajo y una sentencia favorable a su postura dictada por otro juzgado, el de lo Social número 1 de Alicante.

La nueva resolución, que es firme, justifica las ausencias del cartero a su puesto de trabajo porque se encontraba en tratamiento de una grave depresión en una unidad de salud mental. 

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