ÁGORA ECONÓMICA

Ventajas fiscales para potenciar el emprendimiento

Es evidente que el pago de tributos supone un coste en el funcionamiento de las empresas

“VOTAR CON LOS PIES”
Si estas diferencias son importantes, cuestión que se plantea en base a la autonomía fiscal regional, pueden provocar una deslocalización empresarial en los territorios con una presión fiscal más elevada, en beneficio de aquellos con una tributación más benevolente. Esto es lo que se conoce en economía pública como “votar con los pies”, de forma que las empresas pueden optar por situarse en cierto territorio con el objeto de minorar su carga fiscal. Esto conlleva problemas en materia de empleo e inversiones, siendo la responsable una autonomía fiscal mal entendida y la falta de coordinación de las actuaciones tributarias.


La competencia fiscal puede dejar de ser sana y convertirse en una carrera contrarreloj por captar contribuyentes, aún a costa de reducir la recaudación en su conjunto. La situación extrema sería la desaparición de facto del impuesto, con la aplicación de importantes bonificaciones en la cuota a pagar o tipos impositivos irrisorios. Se trataría de un juego en que, en este caso, nadie gana y todos pierden. En España tenemos bastantes ejemplos de hasta donde se puede llegar en esta loca carrera fiscal y desde luego, los resultados no son buenos.
Por otra parte, resulta cuanto menos curioso, e incluso en ciertos casos, muy difícil de entender que, frente a los continuos intentos de armonización fiscal de la Unión Europea (UE), en España se observa, a nivel autonómico, una situación totalmente distinta. Algunas CCAA se han embarcado en los últimos años en un proceso de competencia fiscal en los tributos cedidos y compartidos, reduciendo a la mínima expresión su capacidad fiscal. Otras, sin embargo, han apostado por el mantenimiento, e incluso, un aumento de la recaudación autonómica, llegando también a la creación de múltiples pequeñas figuras tributarias. 

ASIMETRÍA FISCAL
Ante esta situación se alzan voces, cada vez con mayor intensidad y frecuencia, que sostienen la eliminación de numerosos impuestos, como el de Patrimonio, el de Sucesiones y Donaciones o el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tan diferentes entre sí en función de la CA que los aplica. Este frenesí fiscal es el que está llevando a cuestionar estas figuras tributarias. Y esto no es bueno.
Analizando la situación a nivel regional en España desde la perspectiva tributaria se comprueba la cohabitación de dos modelos fiscales muy distintos: por un lado el que opta por rebajar la presión fiscal autonómica y, por otro, el que mantiene la presión fiscal o incluso incrementa las exigencias tributarias. Todo lo anterior, provoca, como es evidente, un problema de “asimetría fiscal”, tanto para los ciudadanos como para las empresas.
Además, en muchas de las Comunidades Autónomas que han optado por rebajar su presión fiscal autonómica, se comprueba la dificultad para el mantenimiento del gasto público. Y es que nadie da “duros a cuatro pesetas”. Las rebajas impositivas siempre son bien acogidas por la ciudadanía, pero el efecto inmediato suele ser la reducción de los programas de bienestar. No se puede gastar lo que no se tiene.
Es necesario explicar que no siempre la bajada de impuestos es “buena” y la subida o el mantenimiento de la presión fiscal es “mala”. No creo que Dinamarca o Suecia, dos países con una presión fiscal superior a la mitad del PIB lo hagan tan mal, más bien me inclino por todo lo contrario. Todo dependerá de lo que estamos dispuestos a renunciar a cambio de bajadas de impuestos. Nuestra presión fiscal está por debajo de la media de la Unión Europea y, sin embargo, nos seguimos quejando de que pagamos muchos impuestos que nuestros países vecinos. Posiblemente esto se justifique, al menos en parte, por la concentración impositiva en cierto tipo de contribuyentes y rentas, que vienen siendo gravados de forma intensa desde hace muchos años.  

IMPACTO EN EMPRENDIMIENTO
Centrando nuestro análisis en el campo del emprendimiento y tomando como referencia el principal tributo que grava las actividades económicas, el IRPF, se comprueba como existen una serie de ventajas fiscales de las que se pueden beneficiar los empresarios individuales, profesionales o autónomos que fiscalizan sus rentas en este impuesto. Este conjunto de actuaciones puede suponer una significativa rebaja impositiva y una clara ayuda para el emprendimiento. 

Sin ánimo de ser exhaustivo, se puede citar, entre otras, la exención fiscal por destinar la capitalización de las prestaciones por desempleo a la creación de una nueva entidad, la reducción del rendimiento neto en estimación directa y objetiva si se inicia una nueva actividad, un tipo de gravamen reducido del 15% para entidades de nueva creación, incentivos fiscales para inversiones en empresas de reciente creación, régimen especial del IVA de caja o la reducción de retenciones para autónomos. Los beneficios fiscales son importantes. 
Estas ventajas fiscales son comunes a todas las comunidades autónomas. Sin embargo, y debido a la capacidad normativa de las comunidades autónomas sobre el tramo autonómico del IRPF, también hay que considerar los posibles beneficios fiscales de cada territorio, que también pueden potenciar el comportamiento emprendedor.  Aunque son de menor impacto que las medidas estatales, suponen un significativo efecto sobre el emprendimiento, sobre todo en las primeras etapas de vida de la actividad.

Así, en Galicia existe una deducción con límite de 20.000 euros por las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales por acuerdos de constitución de sociedades o de ampliación de capital en cierto tipo de entidades.  Además, se cuenta con una segunda deducción, del 15%, con un límite de 4.000 euros, de las cantidades invertidas durante el ejercicio en la adquisición de acciones o participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de ampliación de capital suscritos por medio del segmento de empresas en expansión del Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Sin embargo, la casuística fiscal no es la misma en toda la geografía fiscal española, de modo que el efecto tributario final es muy distinto.

Además, y atendiendo a las memorias de beneficios fiscales y a los efectos en materia de creación de nuevas actividades, en la mayor parte de las comunidades autónomas estas actuaciones no parecen tener un claro reflejo en el desarrollo del emprendimiento. Ante esta situación se debería optar, bien por mejorar las actuales disposiciones, bien por nuevas actuaciones tributarias.

MEDIDAS PRÁCTICAS 

La Unión Europea en general, y nuestro país en particular, necesita de más emprendedores, tal y como se viene señalando periódicamente. Por lo tanto, es necesario que desde las diferentes administraciones se doten de los adecuados incentivos fiscales que mejoren la tributación de los emprendedores. No se trata, por supuesto, de garantizar a los emprendedores unas “vacaciones fiscales”, sino ayudarles en las primeras etapas de su andadura empresarial o en situaciones de crisis. Paralelamente es imprescindible que las administraciones tributarias reduzcan los costes de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los emprendedores, que pueden condicionar el decantarse por esta opción. Ser emprendedor, no es fácil y en España el problema es que, en no pocas ocasiones, las medidas aprobadas, tienen, sobre todo, un efecto mediático más que práctico, suelen ser de naturaleza excesivamente generalista y requieren del cumplimiento de muchos requisitos para su aplicación. Al final, se quedan en una mera declaración de intenciones.  

De ahí que sea necesaria una profunda reforma fiscal de las actuaciones para el fomento del emprendimiento que garantice buenos resultados prácticos.  Las comunidades autónomas no son ajenas a este ejercicio de reflexión y de evaluación de resultados, del que, por desgracia, en este país somos tan poco dados a realizar. Nos sobra mucha imaginación a la hora de plantear nuevas iniciativas, también de contenido fiscal, pero fallamos, desde hace mucho tiempo, en la medición de sus resultados.  Hay que gastar inteligentemente, gastar por gastar, no vale. Hay que evaluar los beneficios fiscales del fomento del emprendimiento.
 

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