Un auto del Juzgado de Ourense obliga a repetir la sesión extraordinaria el próximo 31 de enero

La jueza pone fecha a la moción de censura de Calvos

Un momento del último pleno, donde se ausentó la oposición. (Foto: XESÚS FARIÑAS)
El próximo 31 de enero es la fecha fijada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Ourense para la repetición del frustrado pleno de la moción de censura de Calvos de Randín, celebrado el 9 de junio de 2008. El auto, con fecha del 19 de enero, acuerda ordenar al Ayuntamiento de Calvos de Randín y a su alcalde Aquilino Valencia, a que cumpla con lo acordado en la sentencia de dicho juzgado el 23 de diciembre, y ratificado por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia el 17 de diciembre de 2009.
El regidor socialista, que a última hora de ayer aseguraba desconocer la existencia de este nuevo auto, siempre ha mantenido que está en el puesto por decisión vecinal. 'No sé nada de esa sentencia', ratificaba Valencia, al tiempo que repetía su intención de cumplir con lo que dicte la ley, 'pero uno también tiene derecho a defenderse'. Pendiente de recibir el auto, el regidor socialista se reserva su opinión sobre la convocatoria judicial y la posibilidad de recurrirlo. 'Primero hay que verlo y después, si vemos que cabe recurso, lo estudiaremos'.

Dos años y 226 días después de que una multitud impidiera a los cinco ediles acudir al pleno extraordinario que hubiera significado el derrocamiento del alcalde socialista, la oposición mira con escepticismo el nuevo auto dictado por el juzgado ourensano con fecha del 19 de enero. 'Ésta es la enésima sentencia que nos da la razón', argumenta José Manuel Andrade, principal impulsor de la moción de censura, que entiende que 'el alcalde lleva dos años y medio ejerciendo ilegalmente'.

El auto responde al escrito presentado el 7 de enero por los ediles José Manuel Andrade, Antonio López, Antonio Rodríguez, Sandra Rodríguez y Teresa Lage, e insta al secretario del ayuntamiento (o quien ejerza tal función) a que realice los actos materiales que sean necesarios para la celebración del pleno.'Todo ello con apercibimiento, en caso de incumplimiento de lo ordenado, de multas entre 150,25 y 1.502,53 euros a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan el requerimiento del Juzgado, así como reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial', recoge la sentencia.

Te puede interesar