La empresa deberá abonar al Concello de Cartelle 185.000 euros

Una sentencia obliga a Unión Fenosa a pagar el impuesto por una línea eléctrica

Obras de construcción de la nueva central eléctrica de Frieira, en Padrenda.
Unión Fenosa deberá abonar 185.000 euros al Concello de Cartelle en calidad de impuesto de construcción y tasa urbanística por la licencia de una línea de alta tensión. Ha sido el fallo del Tribunal Superior de Xustiza a raíz del recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento, dado que la empresa pretendía que no se le cuantificasen los equipamientos eléctricos.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia que obliga a Unión Fenosa a pagar al Concello de Cartelle el impuesto de construcción y tasa urbanística por la expedición de la licencia municipal para la línea de alta tensión de la subestación Cartelle-Estación Frieira y que asciende a 185.000 euros.

El Concello había desestimado una reclamación de la empresa que pretendía que le suprimieran de la cuantificación la parte de presupuesto correspondiente al equipamiento eléctrico, que suponía el 90% de la inversión.

Contra dicho acuerdo municipal, Unión Fenosa interpuso en el Juzgado número dos de Ourense un contencioso administrativo, que fue estimado en septiembre del año 2006. No obstante, las autoridades locales no se dieron por vencidas y designaron al letrado Miguel García Iglesias (especialista en derecho administrativo y urbanismo, con despacho en Ourense y Vigo), que formuló un recurso de apelación ante el TSXG.

El Alto Tribunal emitió el pasado 20 de febrero la sentencia revocando la del Juzgado de Ourense y confirmando la legalidad de los acuerdos adoptados por el Concello de Cartelle.

El abogado considera este fallo de suma importancia, dado que ’supone un cambio de criterio en relación a las anteriores resoluciones judiciales’, añadiendo, que a partir de esta sentencia, las empresas deberán asumir el pago íntegro en los concellos en donde ejecuten líneas eléctricas.

El TSXG falló que el impuesto ha de establecerse sobre la totalidad del presupuesto del proyecto técnico, señalando que el equipamiento eléctrico está integrado en la obra.

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