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Este lunes 8 de mayo se abre el plazo para que los ciudadanos puedan emitir su voto a través de Correos.
Desde el pasado 4 de abril, y hasta el próximo 18 de mayo, los electores que requieran votar por correo deberán solicitarlo. Para ello, el votante deberá acudir a una oficina de Correos con su documentación y rellenar el documento pertinente. En este, seleccionarás la dirección postal para recibir la documentación electoral, que puede ser la residencia habitual, el lugar de trabajo o cualquier otro apartado postal.
Quien disponga de certificado digital, DNI electrónico o el sistema de AutoFirma, podrán registrar su solicitud de voto por correo en la página web de Correos.
En este apartado se rellenará un formulario similar a la versión presencial, para recibir la documentación necesaria para ejercer el derecho.
Tras solicitar esta modalidad de voto, el ciudadano recibirá en la dirección especificada:
En este último documento se explica cómo se ha de desarrollar esta modalidad de voto:
Este proceso es completamente gratuito. Pero se ha de tener en cuenta que si uno solicita el voto por correo, no podrá luego cambiar de opinión y votar presencialmente.
Quienes ejerzan su derecho a voto desde el extranjero, deberán haber solicitado esta modalidad antes del 29 de mayo, y emitirán su voto antes del 24 de mayo.
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