La Audiencia Nacional no liberará a los 24 etarras afectados por la 'doctrina Parot'

El Pleno de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó ayer por amplia mayoría rechazar los recursos presentados por 24 presos de ETA que siguen cumpliendo condena gracias a la denominada 'doctrina Parot'. No entraron a debatir, por no ser aún firme, la posible aplicación a estos supuestos de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que condenó a España por utilizar esta doctrina para alargar penas de cárcel.
Fuentes jurídicas señalaron que entre los recursos rechazados por la Sala, se encontraba el de Inés del Río, que es precisamente la miembro de ETA por la que se condenó a España, instando a su excarcelación. Dicha sentencia ha sido recurrida por el Gobierno y se está en espera de que la Gran Sala del TEDH se pronuncie sobre ello.

Las mismas fuentes señalaron que los motivos para el rechazo de los recursos fueron tres. En algunos casos, los presos afectados presentaron ya recurso de amparo ante el Constitucional y les fue denegado, mientras que en otros los recurrentes están espera de que dicho recurso se resuelva.

El tercer motivo aplicado en el Pleno de a otros presos de ETA que piden su excarcelación es que no cumplen los requisitos adoptados por el propio tribunal de garantías para determinar que la 'doctrina Parot' no es aplicable a su caso concreto por contar con auto firme de liquidación de condena.

El Pleno volverá a reunirse en una nueva ocasión para estudiar dos recursos que quedan pendientes, uno de un miembro de ETA y otro de una mujer condenada por tráfico de drogas. Hasta el momento, la Audiencia Nacional ha visto cerca de 40 recursos de miembros de ETA que solicitan ser excarcelados tras conocerse la sentencia del tribunal de Estrasburgo.

La 'doctrina Parot', que fue establecida por el Supremo en 2006, determina que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.

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