Economía

Cheque de 200 euros anticrisis: requisitos, plazas y cómo pedirlo

Carro de la compra (UNSPLASH).
photo_camera Carro de la compra (UNSPLASH).
Así son las normas para solicitar el cheque de 200 euros anunciado por el Gobierno para las familias vulnerables

El cheque de 200 euros para familias vulnerables anunciado por Pedro Sánchez se podrá solicitar desde este miércoles 15 de febrero través de la página web de la Agencia Tributaria (AEAT), según la información ofrecida por la AEAT.

La ayuda, que forma parte del último paquete de medidas para paliar los efectos de la guerra en Ucrania anunciado por el Gobierno, estará disponible para personas físicas con hasta 27.000 euros de renta anual en 2022 y que tuvieran un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales a 31 de diciembre de ese año.

Con esta ayuda se pretende mejorar el alcance del cheque de 200 euros de 2022 -que solo llegó a 600.000 de los 2,7 millones de personas previstas- con una procedimiento de solicitud más sencillo y un mayor umbral de renta (pasa de 14.000 a 27.000 euros).

¿Hasta cuándo se podrá solicitar?

El cheque, que forma parte del plan de medidas anticrisis, se podrá solicitar desde este miércoles hasta el próximo 31 de marzo

¿Quién puede solicitar el cheque de 200 euros?

Para poder tener derecho al cheque de ayuda de 200 euros los beneficiarios tendrán que tener residencia habitual en España y haber realizado alguna actividad por cuenta propia o ajena en 2022 que haya supuesto alta en la Seguridad Social o mutualidad, o bien haber recibido alguna prestación o subsidio de desempleo.

Sin embargo, no tendrán derecho a la ayuda los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV) ni los pensionistas.

Las ayudas, para las que el Gobierno ha previsto una partida de 1.200 millones de euros y que prevén llegar a 4,2 millones de hogares, se abonarán mediante transferencia bancaria por parte de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se solicita el cheque de 200 euros?

Los potenciales beneficiarios del cheque de 200 euros tendrán que solicitar esta ayuda a través un formulario electrónico en la página web de la Agencia -para lo que necesitarán identificarse con C@ave PIN, certificado electrónico o DNI electrónico-, donde consignarán el NIF del solicitante y las personas que convivan en el domicilio (salvo menores de 14 años sin DNI) y una cuenta bancaria para realizar el abono.

No será necesario aportar ninguna documentación, salvo que se deniegue el consentimiento a consultar el registro de parejas de hecho, ya que la Agencia Tributaria recabará la información necesaria de la Seguridad Social y otros organismos públicos.

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