A partir de septiembre, sólo serán atendidos por enfermedad grave, accidente, embarazo y parto

Sanidad retira del sistema a ilegales y turistas sanitarios

La ministra de Sanidad, Ana Mato, en la sesión de control al Gobierno en la Cámara Alta. (Foto: M.H. DE LEÓN)
Los inmigrantes en situación irregular dejarán de percibir asistencia sanitaria gratuita el 1 de septiembre, salvo en algunos casos de urgencia, según establece el decreto que publicó ayer el BOE, y que así se establece en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, con el objetivo de ahorrar 7.000 millones de euros en la sanidad.
El Real Decreto regula la asistencia sanitaria a los extranjeros, tanto si se trata de ciudadanos de la Unión Europea como de los extracomunitarios. En este último caso, los que no estén regularizados como residentes en España sólo serán atendidos en urgencias, por enfermedad grave o accidente y durante el embarazo, parto y postparto, aunque los menores de 18 años recibirán la misma asistencia médica que un niño español. Para ello, se modificará la Ley de Extranjería y se exigirá a los extranjeros estar afiliados a la Seguridad Social y pagar sus impuestos en España.

La norma incluye el control del denominado 'turismo sanitario', procedentes de la Unión Europea y de otros estados del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, el Real Decreto fija como una condición 'superior a los tres meses' en España, que deberá ser acreditada.


MÁS MEDIDAS URGENTES

La aportación del ciudadano en los fármacos será proporcional a su renta y ésta se actualizará como máximo anualmente. Según esta normativa, los usuarios de la Sanidad pública tendrán que pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos e incluso el transporte sanitario no urgente, ya que se considera estos productos y actividades como 'servicios accesorios' sujetos a aportación.

Estas prestaciones no estarán incluidas en la cartera común de servicios para todo el territorio nacional -lo estarán en una suplementaria-, que acordará el Consejo Interterritorial de Salud, en el que están representados el Gobierno central y las comunidades autónomas.

Entre los servicios comunes, no se incluirán aquellas técnicas, tecnologías y procedimientos que no tengan suficientemente probada su 'contribución eficaz a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autonomía y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento'.

Asimismo, quedarán excluidos de la financiación pública algunos medicamentos como los que están indicados 'en el tratamiento de síntomas menores', aquellos que estén por debajo de un precio determinado y los que compartan principio activo con otro fármaco que se venda sin receta.

Finalmente, una de las medidas instauradas por la reforma presentada por el Gobierno afecta a los mayores de 26 años que no estén 'asegurados y que no cotizaran nunca', ya que sólo podrán obtener la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de una correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial o si el Estado les reconociese como persona sin recursos.

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