La condena por el crimen de Samuel Luiz, pendiente de recursos ante el TSXG
CASO SAMUEL LUIZ
La condena a cuatro jóvenes por el crimen de Samuel Luiz está pendiente de los recursos que presentarán sus defensas ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
La condena a cuatro jóvenes por el crimen de Samuel Luiz sigue pendiente de los posibles recursos de las partes personadas ante el plazo existente para presentarlos ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), después de que el mismo aún no haya finalizado, según han confirmado fuentes del alto tribunal gallego. La Fiscalía ratificó recientemente que no recurrirá, mientras que sí lo harán las defensas de los condenados.
Desde el TSXG, han indicado que el plazo para presentar los recursos tras el fallo de la Audiencia Provincial de A Coruña que condenó a cuatro jóvenes por el asesinato de Samuel Luiz, cometido en la madrugada del 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo coruñés, "no ha terminado".
"La ley obliga a notificar la sentencia a todos los acusados personalmente, por lo que se ha tenido que notificar a algunos de ellos en los centros penitenciarios (tres se encuentran en prisión), lo que implica la emisión de exhortos", han detallado.
El plazo, tal y como establece la ley, ha empezado a contar desde la última notificación realizada personalmente, no desde la fecha en la que la sentencia se notificó a sus respectivas representaciones procesales, por lo que aún no ha finalizado. Además, han indicado que algunas de las partes personadas han pedido "algunas grabaciones a mayores de las que ya les había facilitado la Audiencia de A Coruña", aunque esto no tendrá "incidencia" en los plazos.
Fiscalía no recurrirá
En relación al posible recurso, el Ministerio Público avanzó ya que no recurrirá la sentencia, después de que la Audiencia coruñesa, de conformidad con el veredicto del Tribunal del Jurado, condenase a cuatro acusados a penas que suman un total de 74 años y medio de cárcel. La Audiencia los consideró responsables de asesinato, siendo tres coautores, uno cómplice y uno más autor del robo del móvil de la víctima, quien fue agredida sin posibilidad de defensa.
Recursos de las defensas
Por el contrario, sí recurrirán las defensas, como confirmaron las de Alejandro F.G., condenado a 20 años de cárcel, y las de Kaio A.S.C., al que se le impuso 20 años y medio, y la de Alejandro M.R., quien fue condenado a 10 años como cómplice de asesinato. En el caso de Diego M.M., su letrado está analizando la "viabilidad jurídica" del recurso.
De los cinco jóvenes acusados, se consideró no culpable a la única chica, C.S.B., mientras que a su entonces pareja, Diego M.M., al concurrir la circunstancia agravante de discriminación por motivos de orientación sexual, la magistrada presidenta le impuso 24 años de cárcel, pena muy cercana al máximo legal (25 años), que no le aplica porque el jurado no apreció la agravante de ensañamiento.
En su caso, su letrado ha confirmado que está estudiando la sentencia y "la viabilidad jurídica del recurso" y avanzó que, si entiende que tiene "sustento", lo articulará de cara a su presentación ante el TSXG.
Por su parte, a Alejandro F.G., la Audiencia de A Coruña lo condenó a 20 años de cárcel, pues la no concurrencia de circunstancias agravantes ni atenuantes determina la imposición de la pena en su mitad inferior, que abarca un arco punitivo de 15 a 20 años de prisión, al igual que en el caso de Kaio A.S.C., a quien se le impuso 20 años y medio — 17 años por el asesinato y tres años y medio por el robo con violencia — ya que su intervención en el crimen no alcanzó la entidad de la de Diego M.M. y Alejandro F.G..
A Alejandro M.R. lo condenaron a 10 años de cárcel como cómplice de asesinato, ya que se le impuso la pena inferior en grado, abarcando un arco punitivo de 7 años y medio a 15 años de prisión.
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