Absuelto de quemar su casa al serle embargada por el banco

Armenio A.C. fue absuelto por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense del delito de incendio por imprudencia grave por el que fue juzgado en este órgano judicial y por el que el fiscal reclamaba para él una pena de un año y dos meses de cárcel.
El fallo judicial que lo libra de cargos prueba que se produjo un incendio en abril de 2008 en una casa no habitada del centro de San Fiz (Chandrexa de Queixa), en donde había morado el encausado hasta que una entidad bancaria le embargó el inmueble, pasando a ser propiedad del banco.

Pese a que el fiscal mantuvo en el juicio que existió por parte del procesado una intencionalidad clara en el origen del suceso, la sentencia estima que 'no quedó acreditado cómo se originó el incendio' y que tampoco se probó que lo hubiese causado Armenio A.C. Sí confirma, con todo, que los daños causados ascendieron a 34.163 euros.

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