Condenado un padre a pagar 1.350 euros de multa por no abonar la pensión a su hijo

El Ministerio Fiscal solicitaba para él una pena de un año de prisión, pero finalmente la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense ha condenado a un padre a pagar una multa de 1.350 euros por no pagar la pensión alimenticia a su hijo desde mayo de 2004 a junio de 2006.
Además, habrá de abonar a la madre del pequeño las cantidades que se estipulen en la ejecución de la sentencia referidas a las mensualidades que no abonó a su hijo.

La sentencia reconoce como probado que Juan Araújo no sólo no pagó los 75,13 euros al mes que había estipulado el juez como pensión alimenticia sino que ’la mayoría de los meses en que no pagó la pensión estuvo trabajando sin que se acredite la imposibilidad económica alegada y cuya prueba le incumbía. A mayor abundamiento, la perjudicada afirma en el juicio que el acusado siempre trabajó, pero cuando le mandan la retención se da de baja voluntaria’. Por todo ello, al considerar que no hay pruebas de las dificultades económicas alegadas por el acusado, la magistrada cree que éste tenía ’la voluntad de no pagar’.

Reincidencia

El acusado ya había sido condenado en dos ocasiones (ambas, del año 2005) anteriores por no pagar la pensión a su hijo. En la primera, la jueza le había impuesto una condena de ocho meses de multa y en la segunda, la de seis meses de multa. Ante esta situación, la magistrada entiende que concurre en este caso la circunstancia agravante de reincidencia del procesado, por lo que lo condena a 15 meses de multa a razón de tres euros diarios como autor de un delito de abandono de familia.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense no es firme, de forma que puede ser recurrida por cualquiera de las partes implicadas ante la Audiencia provincial.


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