El aumento se explica en la modificación del Código Penal , que convirtió en delitos castigados con prisión conductas que hasta entonces eran sólo infracciones administrativas

Los presos por seguridad vial se multiplicaron por nueve desde el año 2007

El conductor del coche siniestrado el 13 de agosto, dio positivo.
Los conductores comienzan a ingresar en prisión sin que ello llame la atención. Forman parte de la fotografía carcelaria. En 2007 era más extraño. De hecho, en ese año, sólo entraron en la cárcel de Pereiro de Aguiar dos conductores. Hoy, sin embargo, ocupan una celda de ese centro un total de 18, según la Subdelegación del Gobierno.
La cifra casi se ha multiplicado por diez. Entremedias ha sucedido una sola cosa, pero trascendental: la modificación del Código Penal en 2007 para convertir en delitos castigados con prisión conductas que antes eran infracciones administrativas.

Aquellos conductores que ingresan en prisión pueden hacerlo o porque una sentencia judicial así lo fija, o porque el fiscal y el juez coinciden en adoptar esa decisión como medida cautelar ante la posibilidad manifiesta de reincidencia y consiguiente peligro para el tráfico. 'No se adopta una medida cautelar como el ingreso en prisión a menos que se den una serie de elementos excepcionales', señalan desde la Fiscalía de Ourense. De hecho, la medida cautelar que 'se adopta con mayor frecuencia es la intervención del permiso de conducir, y para aquellos casos que exigen prevenir la comisión de nuevas infracciones en materia de seguridad vial', señalan desde el Ministerio Público.

La prisión provisional, para supuestos de seguridad vial, es una medida 'muy excepcional'. Se reserva para circunstancias en las que la conducta es de especial gravedad. Caso de los accidentes con resultado de gravedad acompañados de la omisión del deber de socorro por el causante del siniestro tras una conducta imprudente. No obstante, se matiza desde Fiscalía, se ha de proceder a una valoración profunda de las circunstancias en que se produjeron los hechos, la entidad de las mismas y el peligro representando para la víctima. Pero existen otros supuestos que pueden acarrear la prisión provisional para el conductor. Uno de ellos es la reiteración en la grave conducta delictiva. A partir de la tercera reincidencia, aumenta exponencialmente la posibilidad de ingresar en prisión. 'Cuando un conductor tiene ya varias penas de prisión suspendidas, y reincide en delitos de tráfico, puede llegar a pedirse su ingreso en prisión'. Asimismo, cuando el conductor es sorprendido varias veces haciendo uso del vehículo bajo el efecto de las bebidas alcohólicas, y se sospecha que si queda en libertad existe un claro riesgo de que vuelva a beber y tomar el coche, también se puede resolver el ingreso en prisión como medida cautelar. Actualmente, en la provincia de Ourense, 'hay personas con el permiso de circulación suspendido hasta los años 2015, 2016 e incluso 2017', confirman desde la Jefatura de Tráfico.


CONDENAS JUDICIALES

El año pasado fueron cuatro los casos en los que el Ministerio Fiscal solicitó el ingreso en prisión como medida cautelar. Uno de los más llamativos fue el de un vecino de Xinzo de Limia, que condenado en dos ocasiones anteriores, y privado del derecho de conducir fue sorprendido haciéndolo por la Guardia Civil. Sólo unos días después, reincidió en el delito contra la seguridad el tráfico del artículo 384 del Código Penal por conducir sin carné. El 17 de noviembre el juzgado emitió un auto dictando su ingreso en prisión provisional comunicada pero sin fianza.

En todo el año 2009, el Ministerio Fiscal calificó 1.074 delitos relacionados con la seguridad vial. La mayoría, por infringir los artículos 279.2 y 384 del Código Penal (el primero sanciona a quien conduce bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, y el segundo a quien guía un vehículo pese a haber perdido la vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos). Las sentencias condenatorias alcanzadas llegaron a 971, de las que 870 lo fueron por conformidad. Desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal a fecha de 1 de diciembre de 2007, hasta el 31 de diciembre de 2009, la Justicia ourensana ha dictado 1.100 condenas sólo por haber compatibilizar la conducción con el consumo de bebidas alcohólicas.

A partir de diciembre, entrará en vigor una reforma del Código Penal ya aprobada, y que pasa por el comiso del vehículo, una medida que, según el Ministerio Fiscal, podría utilizarse como sustituta de la prisión en algunos casos. En el futuro se podrá quitar el coche al conductor infractor en cualquier delito contra la seguridad vial. Para solicitar la medida, los fiscales tendrán en cuenta si el conductor es reincidente y si ha manipulado el coche para vulnerar la normativa de Tráfico. Usar inhibidores de radares, ocultar la matrícula o trucar el tacógrafo del coche serán causas objetivas para hacerlo. Se valorará si el coche es necesario para el trabajo del conductor, la incidencia en el ámbito familiar o si éste tiene una situación económica complicada.

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