TRIBUNALES

Confirman los 40 años de cárcel para el ourensano acusado del doble crimen de Arbo

Arturo Rodríguez, vecino de San Amaro (Padrenda), cumplirá condena por el doble asesinato de su expareja, Beatriz Rodríguez, y Sergio Rodríguez, el compañero sentimental de la mujer en juluo de 2015

La sala de lo Civil Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que en noviembre del pasado año impuso 47 años de prisión (con un máximo de 40 años de cumplimiento efectivo) a Arturo Domínguez, vecino de San Amaro (Padrenda) por el doble asesinato de su expareja, Beatriz Rodríguez, y Sergio Rodríguez, el compañero sentimental de la mujer, en la madrugada (03.12 horas) del 3 de julio de 2015 en un monte del concello de Arbo (Pontevedra). Las víctimas habían acudido a ese lugar para mantener una relación sexual.

La sala, en una sentencia cuyo ponente fue Fernando Alañón, rechaza los dos argumentos esgrimidos por la defensa en su recurso de apelación: una condena apoyada en meras sospechas, suposiciones o presunciones, así como una indebida aplicación de la pena al tener en cuenta las agravantes de lugar y tiempo.

El fallo pondera la abundante prueba testifical tenida en cuenta en la condena que evidencia "la obsesión de Arturo por Beatriz", con un comportamiento obcecado "dirigido a comprobar lo que en cada momento hacía la fallecida".

El tribunal de apelación entiende que la prueba de cargo fue convenientemente evaluada por el tribunal del jurado. "Las manifestaciones testificales muestran la realidad de la obsesión de Arturo con quien había sido su compañera sentimental, la previsión de este de poder llevar a cabo actuaciones lesivas contra la propia mujer y quien con ella estuviera, el temor que ya tenían los fallecidos por ser seguidos y prever algún comportamiento agresivo por parte del acusado", señala el TSXG.

Agrega que también está clara la "ubicación de Domínguez en el lugar de los hechos, su condición de experto cazador, la ausencia de coartada creíble y de datos que determinen de modo inequívoco la errada apreciación efectuada por el tribunal del jurado". 

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