Interés vital y protección de datos: un equilibrio cada vez más necesario

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El derecho a la protección de datos no es absoluto, sino que está limitado por otros derechos fundamentales. Un interés esencial para la vida del interesado, o de un tercero, puede prevalecer sobre esa protección.

Agencias

Publicado: 08 dic 2024 - 08:15

El acceso a los datos personales, en circunstancias como accidentes graves, prevalece sobre otros derechos.
El acceso a los datos personales, en circunstancias como accidentes graves, prevalece sobre otros derechos.

Cuando la protección de datos choca con la seguridad vital del usuario o de terceras personas, encontrar los limites y el equilibrio a la hora de ponderar la justificación de romper esos derechos se vuelve crítica en una sociedad cada vez más digitalizada.

La Agencia Española de Protección de Datos destaca que el interés vital no es una base jurídica que pueda utilizarse para justificar cualquier tratamiento y su interpretación debe ser restrictiva y limitada a situaciones concretas en las que se encuentre en juego un interés esencial para la vida de una persona. La legislación determina que el derecho a la protección de datos está concebido para servir a la humanidad y no es un derecho absoluto, sino que debe considerarse en relación con su función en la sociedad y mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales.

El criterio de la esencialidad para mantener la vida de una persona puede sobreponerse a la privacidad de sus datos

El concepto de “Necesario para la protección de un interés esencial para la vida de una persona” debería definirse en base a los requisitos siguientes:

  • El tratamiento de datos personales es para proteger la vida de una persona: Se requiere procesar datos personales con el objetivo de salvaguardar la vida de una persona.
  • No sería posible la salvaguarda de la vida de una persona si el tratamiento no se realiza: el tratamiento de datos personales debe ser necesario e idóneo para proteger razonadamente un interés vital esencial. Si fuera posible proteger a una persona de manera menos intrusiva no se aplicaría este fundamento jurídico.
  • Datos de salud: en la mayoría de los casos, el interés vital será invocado en un contexto médico y no es posible el tratamiento de datos de salud basándose en la protección de un interés esencial para la vida del interesado.
  • Aplicación de la responsabilidad proactiva y la gestión del riesgo: El tratamiento debe ejecutarse con la mayor celeridad y nunca debe demorarse por trabas administrativas.

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