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JUICIO
El Juzgado de lo Penal 1 sancionó a Juan D.M., un vecino de Videferre (Oímbra) de 83 años, con dos condenas dictadas con solo sendos días de diferencia, en las que el punto de conexión son las diferencias que mantiene con un vecino a consecuencia de la propiedad de una finca. En la primera sentencia, se le impone 18 meses de multa (con una cuota diaria de tres euros) por un delito continuado de quebrantamiento de condena. Tal como reconoció el propio inculpado, se aproximó a menos de 100 metros de su vecino pese a que un auto de 11 de febrero de 2016 del Juzgado de Instrucción 2 de Verín se lo prohibía. En una ocasión, estuvo a menos de dos metros de distancia de la casa de su vecino y al día siguiente, pasó por delante de su casa para tirar la basura. En el mismo fallo, se deja constancia que el condenado no abandonó su propia casa, que estaba a menos de 100 metros de la del perjudicado.
La otra sentencia le condena a un año de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas. En este mismo proceso, también figuraba como imputado su vecino pero fue absuelto tras retirar el fiscal la acusación con la aquiescencia de su contrincante. El fallo alude al encontronazo de ambos, el día 10 de febrero de 2016, por la disputa sobre la propiedad de una finca. Según el fallo, ambos se agredieron mutuamente con un paraguas, pero, además, Juan D.M. sacó una pistola detonadora que llevaba en el bolsillo de una chaqueta y que previamente había sido modificada para disparar munición metálica de percusión. Asimismo, llevaba un cargador con siete balas del mismo calibre.
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