EL MACHISMO NO CESA
La violencia de género no da tregua: 2,4 denuncias al día en Ourense
TRIBUNALES
"Los objetos que se venden en los establecimientos de Joya y Diseño no son idénticos a los de Tous ni tampoco confundibles". Esta es la conclusión a la que llega la titular del Juzgado Penal 1, Blanca Díez, para justificar la absolución del empresario ourensano Antonio Daniel Domínguez, dueño de una treintena de tiendas repartidas por toda España, y al que la competencia acusaba de un delito contra la propiedad industrial.
La magistrada repara en todas las diferencias, analizando al detalle el famoso oso de la firma catalana en contraposición con el que se comercializa en Joya y Diseño. Este último tiene flequillo; los ojos alargados y con boca propiamente dicha. El emblema de Tous nunca tuvo cabello pero sí puntos a modo de boca y ojos. Además, según razona en al sentencia, ninguna de las piezas de Joya y Diseño va impreso el anagrama de Tous. Significa, además, que el encausado "vende objetos que adquiere a empresas de joyería que antes de ser puestos a la venta son sometidos a controles por los laboratorios correspondientes".
Repara en el hecho de que si algún comprador tenía dudas las dependientas les explicaban que en esos establecimientos no se vendían joyas de Tous y que para adquirirlas debían dirigirse a los establecimientos de la marca.
El fallo, notificado ayer, tiene su origen en la denuncia interpuesta por la mercantil de Reus, la única parte personada en el proceso que ejercía la acusación, que dio lugar, el 24 de octubre de 2012, a una entrada y registro a la sede central de la empresa ourensana, en la calle Valle, y en la tienda del centro comercial Ponte Vella. En esa fecha, hubo registros simultáneos en tiendas repartidas por toda España.
Según estima la magistrada, "las joyas intervenidas guardaban ciertas similitudes en cuanto a diseño con las marcas y modelos industriales registrados por Tous, pero sin ser coincidentes con todas las características de los indubitados de la marca".
El empresario -resalta el fallo- conocía que la palabra Tous estaba registrada como marca, desconociendo que tiene registrados a su nombre otras marcas comunitarias (varios osos, la niña-niño, ositos encadenados) así como varios modelos industriales (figuras de flores, hojas, un tulipán, elefanta, una casa, un coche, corazón y un búho). Considera que es "lógico", teniendo en cuenta el número de registros que se realizan tanto a nivel nacional como comunitario. Máxime, dice, cuando vendía objetos que compraba a empresas que pasaban controles de laboratorios con carácter previo a proceder al suministro de los productos. Todo ello, sin ocultación: en tiendas abiertas en centros comerciales con escaparates de cristal que permitían ver las piezas desde el exterior.
Contenido patrocinado
También te puede interesar
EL MACHISMO NO CESA
La violencia de género no da tregua: 2,4 denuncias al día en Ourense
Los ingenieros agrícolas de Ourense renuevan su cúpula
Pepe Paz, presidente do Colexio de Enxeñeiros Agrícolas: “Temos que facer un novo rural con mais industrias agroalimentarias”
UNO MENOS QUE EN 2022
Ourense se acerca a su récord de colisiones provocadas por animales
CULTURA EN EL RURAL
La Red Provincial de Auditorios de Ourense alcanza los 7.500 espectadores
Lo último
PRIMERA FEDERACIÓN
Una victoria para terminar el año del Arenteiro
Miguel Anxo Bastos
Extremadura: la clave está a la izquierda
UNA VIDA DE COLECCIÓN (VIII)
Cuando lo importante es tirar y bailar bien