Acogió a su hija en San Cibrao das Viñas pese a la orden de alejamiento que tenía con ella

JUICIO EN OURENSE

Pese a estar en vigor la prohibición de acercarse a su hija, cuando esta se presentó en el domicilio de su padre en San Cibrao das Viñas, la acogió, conviviendo con ella hasta 2022

El acusado durante el juicio (Foto: M.C.).
El acusado durante el juicio (Foto: M.C.).

El 14 de septiembre de 2012, Clemente G.C. fue condenado por la Audiencia Provincial de Jaén y entre las penas impuestas figuraba “una medida de libertad vigilada durante cinco años frente a su hija que debería cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad”. Nueve años después, en 2021, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Lugo dictó un auto que recogía la prohibición para el acusado de aproximarse a su hija. Sin embargo, en septiembre de ese mismo año, esta se presentó junto a sus dos hijos en el domicilio de Clemente en San Cibrao das Viñas, conviviendo con él hasta febrero de 2022.

De esta forma, el acusado incumplió la prohibición de acercarse a su hija por lo que fue condenado a nueve meses de prisión. Esta pena queda suspendida durante dos años siempre que Clemente no vuelva a delinquir en ese plazo y realice 75 días de trabajos comunitarios.

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