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Tribunales
La joven carballiñesa que denunció al portero del Real Zaragoza Álvaro López Ratón por una agresión sexual (tocamientos con violencia) el 22 de junio de 2018 ha pedido un nuevo juicio en el recurso de apelación presentado ante la Audiencia de Ourense para intentar revocar la absolución del imputado, reclamando una nulidad del caso e invocando vulneración de derechos fundamentales. La titular del Penal 1 consideró que no había prueba de cargo que acreditase la versión de la perjudicada. El letrado que representa a la joven, José Manuel García Sobrado, pide en su extensa argumentación la nulidad del juicio oral y un nuevo juez para que dicte sentencia en primera instancia.
Entre los argumentos del recurso, incluso se alude a la tardanza de la magistrada en dictar la sentencia, cuatro meses después del plenario. El abogado alude a que no se valoró la prueba practicada en el juicio. “El dictado de la sentencia se basa fundamentalmente en las diligencias de instrucción, por las conclusiones a las que hace mención”, asegura. Y a esas diligencias -añade- no se les dio lectura en el juicio oral, por lo que entiende que no pueden formar parte de los hechos probados del fallo, aludiendo en el recurso a varios ejemplos. Para el letrado, “la sentencia que se recurre llega a su conclusión sobre la base exclusiva de escudriñar a la víctima, tanto en su cuerpo como en sus exactas palabras y manifestaciones, sin apoyo en la prueba practicada en el plenario”. Y añade: “Dedica casi tres páginas a la declaración de la perjudicada y no hace la más mínima referencia a la declaración del acusado, cuyas manifestaciones son relevantes”. Atribuye las inexactitudes de la víctima a las que alude la jueza “a la huella psíquica del delito padecido”, matizando que “no acreditan una supuesta falta de sinceridad”. Por contra, asegura a que Ratón, miente de forma planificada y racional.
La fiscal que interesó en el juicio una condena de dos años de cárcel para Ratón se opone ahora al recurso. Da por buena la valoración de la prueba realizada por la juzgadora “sin que se aprecie un manifiesto error”. “Justifica los motivos de no considerar probado el delito de agresión sexual y lesiones, basándose en la falta de corroboración objetiva de la declaración de la víctima, prueba esencial de los hechos dada la ausencia de testigos directos”, asegura la fiscal.
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