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La Junta Electoral de Zona condena a Gonzalo Pérez Jácome con una multa de 300 euros por saltarse la ley en campaña y publicitar el presunto buen estado económico de las cuentas durante la campaña electoral. Sostiene que el líder de Democracia Ourensana incurrió en un la infracción tipificada en el artículo 50.2 la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
Gonzalo Pérez Jácome, tal y como contempla la ley, podría recurrir esta decisión en las 24 horas posteriores a que se le notifique ante la Junta de superior categoría, que tendría que resolver el recurso en el plazo de cinco días
Esta es una última hora sobre la condena a Jácome por saltarse la ley electoral en la provincia de Ourense. La Región ampliará esta información a medida que sea posible. Toda la información, también en la edición en papel y en las redes sociales minuto a minuto.
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