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Galería | Creatividade e innovación no colexio de Mende
Jesús Garriga destacó que la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Ourense es "vital" para los afectados, uniéndose a otras dos en Galicia que ya declararon la nulidad del producto y la existencia de una mala comercialización. Las resoluciones anteriores fueron en las Audiencias de Vigo y Santiago.
La sentencia favorable a la familia de Xinzo revoca la dictada en primera instancia por el juzgado de esta localidad, declarando que la información facilitada a los suscriptores "fue nula al no advertir de los riesgos". Comentó también Garriga que el empleado que vendió el producto a este matrimonio de la localidad limiana "no fue capaz de explicar de forma conveniente el producto en el juicio".
El letrado explicó que, ante la sentencia, es posible plantear un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque considera que sería "muy difícil" que se llegase a admitir.
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