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Bruselas expedienta a España por multar a las aerolíneas que cobran por el equipaje de mano

LIMITA LA LIBERTAD

La Comisión Europea cuestiona la ley española que prohíbe cobrar por el equipaje de mano y considera que limita la libertad de las aerolíneas para fijar precios. El Gobierno dispone de dos meses para responder.

Publicado: 08 oct 2025 - 13:34 Actualizado: 08 oct 2025 - 16:47

Una persona espera con sus maletas en la T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas
Una persona espera con sus maletas en la T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas | Europa Press

La Comisión Europea ha anunciado este miércoles la apertura de un procedimiento de infracción contra España por las multas de 179 millones de euros que el Gobierno impuso hace casi un año a Ryanair, Vueling, EasyJet, Norwegian y Volotea por aplicar suplementos por el equipaje de mano o por reservar asientos contiguos para personas dependientes.

Bruselas considera que la Ley de Navegación Aérea española restringe la libertad de las aerolíneas para fijar precios, contraviniendo la normativa comunitaria. Las autoridades españolas disponen ahora de dos meses para responder a las observaciones de los servicios comunitarios.

El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, calificó de “lamentable” la decisión de la Comisión, acusándola de “ignorar y dar la espalda a los derechos de los consumidores europeos”.

El expediente sancionador se inicia con una carta de emplazamiento, que abre un periodo de diálogo entre Madrid y Bruselas. Si no se alcanzase un acuerdo, la Comisión podría emitir un dictamen motivado y, en última instancia, llevar el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Desde el Ministerio de Consumo defienden que la Comisión no tiene potestad para intervenir en este caso y que solo el TJUE puede decidir sobre la validez de las sanciones. En todo caso, aseguran que el procedimiento “no altera las multas impuestas” a las aerolíneas.

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