Condenado a 7 años de cárcel por violar a una joven con discapacidad que quedó embarazada
ATENUANTE DE REPARACIÓN DE DAÑO
El Tribunal Supremo confirma la pena de siete años y un día de prisión para un hombre que abusó sexualmente de una joven con discapacidad, dejándola embarazada, tras determinar que no pudo dar un consentimiento libre debido a su situación.
El Tribunal Supremo ha confirmado una pena de siete años y un día de prisión para un hombre que abusó sexualmente de una joven afectada por una grave discapacidad física y psíquica, a la cual dejó embarazada, al constatar que la mujer no pudo expresar un consentimiento "libre" debido a sus circunstancias, las cuales eran conocidas por el condenado.
El Alto Tribunal rechaza el recurso de casación impulsado por la defensa y confirma el pronunciamiento del TSJA, que ya admitió parcialmente un recurso de apelación y rebajó 18 meses la pena inicial impuesta por la Audiencia de Almería. El tribunal consideró que el acusado hizo un "importante esfuerzo" para "abonar en una parte significativa" de la "elevada" indemnización, lo que constituyó una atenuante de reparación de daño.
En su resolución, el tribunal incide en que la presunción de inocencia del acusado ya quedó desvirtuada por las declaraciones y pruebas presentadas durante el juicio. También rechaza volver a evaluar la versión del condenado, quien había afirmado que hubo medio "consentimiento" en las relaciones sexuales que salieron a la luz con el embarazo.
El Supremo concluye que, en base a los hechos, la víctima no podía "prestar un consentimiento libre" debido a su situación mental. El condenado actuó sabiendo de su discapacidad, lo que le permitió abusar sexualmente de ella.
El fallo de origen recalcó que el condenado conocía "perfectamente" la situación de la joven, ya que él mismo la trasladaba al hospital cuando necesitaba asistencia. La mujer tiene un grado de discapacidad del 80 por ciento debido a un retraso psicomotor "severo", parálisis cerebral, hipoacusia y alteración de la agudeza visual.
El tribunal remarca que la "entidad de la discapacidad" de la joven afecta significativamente su capacidad para dar consentimiento, lo que provoca que no pueda hacerlo "de forma libre y voluntaria en situaciones de estrés".
Los hechos
Los hechos probados relatan que el condenado, quien era conocido de la familia, se personó en el domicilio de la víctima "aprovechando que sus padres se habían ausentado para ir a misa" y con el pretexto de entregar un regalo (un bote de colonia). Una vez dentro, la empezó a "besar y a tocar", para luego llevarla al dormitorio, quitarle la ropa y consumar el ataque sexual.
Tras el ataque, el condenado le pidió a la víctima que no lo contara a sus padres. La víctima guardó silencio hasta que, después de ir al médico por las "molestias que sentía", descubrió que estaba embarazada. Finalmente, le contó a su madre lo sucedido, lo que la llevó a someterse a una interrupción voluntaria del embarazo.
Además de la pena de prisión, el condenado fue sentenciado a libertad vigilada durante siete años y se le prohibió acercarse a menos de 500 metros de la joven o comunicarse con ella durante 15 años.
La pena inicial de ocho años y medio de prisión fue reducida por el TSJA. La rebaja fue motivada por el importante esfuerzo que hizo el condenado para abonar una parte significativa de la indemnización de 45.000 euros. Aunque el pago cubrió solo el 37,5 por ciento de la indemnización, se consideró significativo dada la situación económica del condenado, quien tuvo que desplazarse a Francia para trabajar con documentación de su hermano en la recolección de fruta.
El tribunal de apelación consideró que el importante esfuerzo del condenado para pagar la indemnización, junto a sus circunstancias personales, justificaba la rebaja de la pena y le otorgaba el beneficio de la defensa.
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