Anulados 20 nombramientos "a dedo" del PSOE de Fuenlabrada
La Justicia madrileña declara nulos los puestos dados a familiares de cargos socialistas y de UGT
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulo “de pleno derecho” el nombramiento de una veintena de funcionarios de carrera en el Centro Municipal de Iniciativas para la Formación y el Empleo (CIFE) de Fuenlabrada, una entidad pública regida por el Ayuntamiento, por tratarse de familiares de cargos del gobierno municipal. En su sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estima el recurso la interpuesto por el sindicato CSIF contra el proceso que llevó al nombramiento de estas 20 personas como funcionarios del CIFE y declara nula la actuación por “no ajustarse a derecho”.
Los hechos se remontan al año 2017, cuando CSIF denuncia ante la Fiscalía Anticorrupción el proceso de funcionarización llevado a cabo en dicha entidad pública al entender que los empleados “no habían accedido a la Administración Pública a través de un proceso selectivo regido por los principios de igualdad mérito y capacidad”.
Desde el sindicato acusaban además al Gobierno municipal, del PSOE, de haber nombrado en dicho proceso a “familiares de altos cargos de la Corporación Municipal y de la sección sindical UGT”, aunque fuentes municipales negaron que se hayan realizado “nombramientos a dedo” o “procesos hechos a medida”. Tras la denuncia, el proceso quedó en espera de resolución en la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y finalmente el TSJM ha acabado invalidado estos nombramientos al amparo del artículo 47.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Desde el Consistorio insisten en que el proceso para cubrir las plazas “se hizo de manera correcta y escrupulosa” y afirman que es “totalmente falso” que en dicha entidad pública se hayan realizado “ni nombramientos a dedo ni procesos selectivos a medida”, tal y como denuncia CSIF en un comunicado. “De hecho, el juez no pone en ningún momento en duda la legalidad y la limpieza del proceso, sino que existe una discrepancia en el punto de partida de los trabajadores y trabajadoras: si eran indefinidos o fijos (concepto de interpretación variable entre el mundo laboral y la administración pública)”, recalcan las fuentes.
Además, recuerdan que se trata de una cuestión que “se aprobó en 2004 en un pleno, por unanimidad de todos los grupos políticos y con todos los informes favorables” y que “las bases del proceso están avaladas por un juez en sentencia firme”.
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