Los díscolos del PSOE alegan que votar en conciencia era un derecho innegable
PSOE
Sitúan su voto en conciencia en un "marco de excepción" y aluden al artículo 67.2 de la Constitución Españo
Los ocho diputados del PSOE que rompieron la disciplina de grupo en la investidura de Rajoy consideran que su voto "en conciencia" ese día era un "derecho innegable" que tenían en virtud de su reglamento interno y que les asiste la Constitución, según las alegaciones que han presentado al expediente sancionador.
Los ocho díscolos -Susana Sumelzo, Margarita Robles, Zaida Cantera, Odón Elorza, Rocío de Frutos, Luz Martínez Seijo, Pere Joan Pons y Sofía Hernanz- han enviado hoy el mismo escrito de alegaciones al presidente del Comité de Disciplina, Luis Carlos Sauquillo.
En él sitúan su voto en conciencia en un "marco de excepción" y aluden al artículo 67.2 de la Constitución Española, que recoge expresamente que "no hay un mandato imperativo para ningún diputado".
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