Las empresas, obligadas a devolver el día libre si un festivo cae en sábado

AUDIENCIA NACIONAL

La Audiencia Nacional ha dictaminado que las compañías deben compensar a sus empleados cuando un festivo nacional o autonómico coincida con su día de descanso semanal

Trabajadores del sector de la construcción en Ourense.
Trabajadores del sector de la construcción en Ourense. | José Paz

La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia que prohíbe a las empresas "neutralizar" los festivos laborales cuando estos coinciden con la libranza del trabajador. El fallo obliga a las compañías a conceder un día adicional de descanso efectivo para garantizar que se disfruten íntegramente los 14 festivos anuales. Este conflicto, impulsado por sindicatos como CC OO y USO frente a la patronal CEX, cobra especial relevancia ante el próximo 15 de agosto, que este año cae en sábado.

El tribunal argumenta que el descanso semanal (destinado a la salud laboral) y los festivos (con fines cívicos o sociales) son derechos distintos que no pueden solaparse. Por ello, la compensación debe hacerse efectiva en un periodo no superior a dos semanas. Aunque la resolución se centra inicialmente en el sector de los contact centers, los sindicatos advierten que abre la puerta a reclamaciones similares en el comercio y la hostelería.

La Sala de lo Social fundamenta su decisión en la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en 2025 —a raíz de un caso en la cadena Zara—, reiterando que la organización del cuadrante no puede privar al empleado de sus días festivos. Contra esta sentencia aún cabe recurso ante el alto tribunal, pero marca un precedente judicial decisivo para la protección de los derechos de conciliación.

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