La Junta Electoral dictamina que Junqueras no puede ser eurodiputado
Cataluña
Sostiene que el dirigente de ERC no puede ser eurodiputado por estar condenado "por sentencia firme a pena privativa de libertad"
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este viernes que el dirigente de ERC, Oriol Junqueras, no puede ser eurodiputado por estar condenado "por sentencia firme a pena privativa de libertad".
En su escrito, este órgano recuerda que la Ley Orgánica Electoral (LOREG) dispone que "son inelegibles" los condenados a pena privativa de libertad "en el periodo que dure la pena".
En el caso de Junqueras, añade el texto, se da una causa de "inelegibilidad" por haber sido condenado por el Tribunal Supremo, el 14 de octubre de 2019, a trece años de prisión, lo que "determina su cese como diputado electo del Parlamento Europeo".
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