Nuevos permisos por fallecimiento, cuidados paliativos o eutanasia: así es el borrador propuesto por Trabajo

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El Ministerio de Yolanda Díaz plantea también un permiso retribuido de un día para acompañar a una persona designada a recibir la eutanasia, y amplía los derechos de reducción de jornada por cuidados paliativos.

Imagen de un cementeiro en España
Imagen de un cementeiro en España

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha presentado una propuesta para modificar los permisos retribuidos por fallecimiento y crear un nuevo permiso para cuidados paliativos, buscando mejorar los derechos laborales de los trabajadores españoles en situaciones de duelo o acompañamiento familiar.

Nuevo permiso por fallecimiento: de 2 a 10 días

Según el borrador del Real Decreto, el permiso retribuido por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad podría ampliarse de dos a diez días. Este permiso se podría disfrutar de forma continuada o discontinua durante las cuatro semanas posteriores al fallecimiento.

Entre los familiares incluidos estarían hijos, nietos y abuelos, entre otros.

Permiso por cuidados paliativos: hasta 15 días

El borrador también contempla un nuevo permiso retribuido de hasta 15 días para trabajadores que necesiten atender a familiares en cuidados paliativos.

  • Este permiso podría dividirse en dos tramos dentro de un periodo máximo de tres meses.
  • Solo se podría solicitar una vez por cada persona enferma.
  • Es compatible con otros permisos por hospitalización o intervención quirúrgica, incluso si se realiza atención domiciliaria.

Permiso adicional por acompañamiento en eutanasia

El texto del borrador incluye un permiso retribuido de un día para acompañar a una persona designada que vaya a recibir eutanasia, sin necesidad de parentesco.

Ampliación de derechos laborales relacionados

Además, se plantea la ampliación del derecho a reducción de jornada (con disminución proporcional del salario) para quienes se encarguen de cuidados paliativos de cónyuge, pareja o familiar hasta segundo grado.

Legislación vigente: situación actual

Actualmente, la legislación española reconoce:

  • Dos días de permiso, ampliables a cuatro si hay desplazamiento, por fallecimiento de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Próximos pasos: negociación y aprobación

El Ministerio de Trabajo ha enviado la propuesta a los agentes sociales para iniciar la negociación y planea aprobarla mediante Real Decreto Ley en las próximas semanas.

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