El Supremo deja en prisión a Koldo y Ábalos por alto riesgo de fuga

CORRUPCIÓN EN EL PSOE

Convoca para el 6 de febrero una vista antes de ser juzgados previsiblemente en el mes de abril

El exministro José Luis Ábalos y su asesor, Koldo García.
El exministro José Luis Ábalos y su asesor, Koldo García. | Europa Press

El Tribunal Supremo acordó mantener en la cárcel al exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al considerar que persiste el “alto” riesgo de fuga que les llevó a prisión provisional ante la proximidad del juicio por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia. En sendos autos, la Sala de lo Penal desestima los recursos presentados por las defensas, que reclamaban la libertad de ambos. Ábalos y Koldo recurrieron la decisión que tomó el pasado 27 de noviembre el magistrado instructor del “caso Koldo”, Leopoldo Puente, de enviarlos a prisión provisional, comunicada y sin fianza. Los magistrados consideran “racionalmente adecuada” la prisión provisional acordada sobre el exministro para “evitar el alto riesgo de que el mismo decida sustraerse a la acción de la justicia”.

Algo que, añaden, “se deriva de la gravedad de las penas solicitadas, la solidez de los indicios que las sustentan, la proximidad de la celebración del juicio oral y sin descartar la existencia todavía de otras graves conductas” en la otra pieza abierta en la causa que investiga el Supremo, la de presuntos amaños en la adjudicación de obras públicas. La Sala de lo Penal subraya que el “caudal de indicios” no paró “de crecer con cada nueva información disponible” y que cada vez “son más sólidos” en cuanto a la participación de Ábalos en la presunta trama de corrupción.

Y recuerda que la Fiscalía Anticorrupción le acusa de presuntos delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y revelación de información privilegiada, solicitando para él penas de prisión de hasta 24 años. “La potencia incriminatoria de los indicios que sustentan el relato de hechos que contienen tanto el auto de incoación de procedimiento abreviado como los escritos de acusación permite hacer un juicio positivo de prosperabilidad de una grave condena”, sostiene, llegando a calificar de “muy elevado” el riesgo de fuga. E indica que la prisión provisional por riesgo de fuga es acertada porque “existen indicios de fuentes de financiación de Ábalos en el extranjero”.

Por su parte, sobre Koldo señala que no encuentran en su recurso razones que les hagan discrepar de la “equilibrada valoración” realizada por el instructor, insistiendo en la “gravedad de las penas” y la “inminencia” del juicio oral, previsto para abril. La Sala de lo Penal también confirmó para el próximo 6 de febrero la celebración de la audiencia preliminar en la que escuchará las cuestiones que planteen las defensas de Ábalos, Koldo y el tercer procesado, el empresario Víctor de Aldama.

Contenido patrocinado

stats