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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado esta decisión al desestimar el recurso de Corominas con el argumento de que la presunción de inocencia no queda afectada por la anulación de ese veredicto para la celebración de un nuevo juicio por estos hechos.
El TSJC acordó en marzo anular por 'arbitrario' el veredicto del jurado que en junio del pasado año absolvió a Corominas de este homicidio, cometido en diciembre de 2006, con el argumento de que al disparar contra el presunto asaltante actuó en legítima defensa, atenazado por un miedo insuperable.
Para anular el fallo del jurado, el tribunal asumió las conclusiones de los dos únicos peritos a los que el jurado dio credibilidad y que descartaron que Corominas sufriera una situación de pánico, y entendieron incompatible la eximente de miedo insuperable 'con la conducta de quien acude armado al lugar donde están las personas con las que se prevé el enfrentamiento'.
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