La Fiscalía recurre la sentencia por el accidente de Angrois

ACCIDENTE DE ANGROIS

El Ministerio Público recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago de dos años y medio de cárcel para el exjefe de circulación de Adif, Andrés Cortabitarte.

Agencias

Publicado: 18 nov 2024 - 09:37 Actualizado: 18 nov 2024 - 11:48

Francisco Garzón y Andrés Cortabitarte.
Francisco Garzón y Andrés Cortabitarte.

Ya está prácticamente cerrado el recurso del Ministerio Público ante la Audiencia Provincial contra la sentencia de Angrois, en el que pedirá revocar la condena al exjefe de la circulación de Adif, Andrés Cortabitarte, a quien se condenó a dos años y medio de cárcel por un total de 79 delitos de homicidio imprudente. Según ha podido saber la Cadena Ser, la Fiscalía ha tomado ya esta decisión y se profundiza en el giro dado durante el juicio.

Aún queda plazo para recurrir tras haber sido ampliado por la jueza del Juzgado de lo Penal número 2 de Santiago. María Elena Fernández Currás entendió que era necesario tras la oleada de peticiones de aclaración, rectificación o complemente de sentencia. La mayor parte de esas solicitudes tiene que ver con la vertiente civil del proceso.

Uno de los juicios más mediáticos

La jueza del juzgado de lo Penal, número 2 de Santiago condenó a dos años y medio de cárcel al maquinista del Alvia que descarriló en Angrois y al exdirector de seguridad de Adif. Así confirmó en su sentencia que Garzón se despistó por una llamada sin urgencia, pero que Andrés Cortabitarte autorizó desconectar el sistema de seguridad ERTMS en el tramo siniestrado. Este será el aspecto que recurra ahora la Fiscalía que busca eximir de responsabilidad al ex alto cargo de Adif.

La magistrada había considerado en su sentencia que quedaba acreditado que, además de la llamada de 100 segundos recibida por el maquinista otra de las razones por las que el tren pudo llegar a la curva a una velocidad de 176 kilómetros por hora fue que no había ninguna protección en la vía. En la sentencia de primera instancia se indica que, "en caso de que, por cualquier causa, el maquinista no cumpliese la obligación que le imponía el cuadro de velocidades máximas de llegar a ese punto a 80 kilómetros por hora", non había nada que lo frenase.

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