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MEDIO RURAL
La Consellería do Medio Rural abre este viernes, 9 de enero, el plazo de solicitud de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de animales en ejecución de programas y actuaciones oficiales de vigilancia, lucha, control y erradicación de enfermedades para 2026. El periodo estará abierto hasta el 30 de noviembre de 2026.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica las bases reguladoras para la concesión de ayudas, dotadas con un presupuesto de más de 730.000 euros ampliables.
Podrán acceder a estas ayudas las personas físicas y jurídicas públicas o privadas y las entidades sin personalidad jurídica que sean titulares de animales que se sacrifiquen después de resultar positivos a las pruebas diagnósticas de: perineumonía contagiosa bovina, tuberculosis, brucelosis y leucosis en el ganado vacuno, ovino y caprino; o por haber convivido con animales enfermos y que sean considerados sospechosos por los veterinarios, o bien que mueran por la enfermedad. También de animales y sus productos de cualquier especie, sacrificados/muertos y/o destruidos por motivos de sospecha y/o confirmación de la presencia de alguna de las encefalopatías espongiformes transmisibles.
Aquí se incluyen los cerdos sacrificados/muertos a causa de la declaración oficial de un foco de peste porcina clásica o de peste porcina africana, así como de otras enfermedades porcinas declaradas oficialmente. Asimismo, se contemplan las aves reproductoras o ponedoras de la especie "Gallus gallus" y reproductoras de la especie "Meleagris gallopavo'" sacrificadas por orden de la autoridad competente dentro de los programas nacionales de control de salmonela, o aquellas aves sacrificadas/muertas a causa de la declaración oficial de un foco de gripe aviar, de enfermedad de Newcastle u otra dolencia declarada oficialmente.
Por último, se tienen en cuenta los visones americanos que se sacrifiquen por resolución de la autoridad competente en materia de sanidad animal, o mueran, afectados por enfermedades sometidas a actuaciones o programas sanitarios oficiales. Las explotaciones afectadas deberán estar correctamente registradas en Galicia y con todos sus datos actualizados en el Rexistro xeral de explotacións gandeiras (Rega).
El procedimiento podrá tramitarse preferentemente por vía electrónica a través de la sede de la Xunta de Galicia, siendo esta modalidad obligatoria para personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica y trabajadores autónomos.
Las indemnizaciones se calcularán conforme a los baremos oficiales vigentes o, en su defecto, a los valores de mercado establecidos en los seguros agrarios y referencias oficiales.
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